Hacia un nuevo Derecho de Acceso a la Información Pública

El acceso a la información pública es el derecho que tenemos como ciudadanos de conocer todos los actos y documentos del Estado. Proclamado por la Constitución, es usuado a diario como una herramienta invalorable para interactuar democráticamente con las entidades públicas. En nuestro país, tiene como marco la Ley 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobada en el año 2002, y se basa en el principio de que “toda información que posea el Estado se presume pública”.

Participación Pública y Rol Fiscalizador

En los últimos años, el rol fiscalizador de la prensa y la sociedad han servido para mejorar el funcionamiento del Estado. Los ciudadanos quieren saber cómo, cuánto, dónde o qué están haciendo sus gobernantes. No es en vano. La reinante sensación de inseguridad, corrupción, impunidad y desconfianza genera esta necesidad de control, de crítica. Paralelamente, y como respuesta, se puede verificar una tendiente apertura de los gobiernos. Esto deviene de lo anterior, buscando eliminar las barreras que la burocracia ha ido instalando. Aspiramos a tener un “Gobierno abierto”. Un Gobierno participativo, colaborador y transparente. Estamos en camino, pero falta.

En este contexto, el rol del ciudadano ha cambiado. Ya no es un simple espectador. El ciudadano quiere más herramientas para participar y colaborar con el Estado. No solo cuando pagamos nuestros impuestos o votamos a nuestros representantes estamos interactuando con él. También queremos preguntarle cosas, queremos saber. Ahí es donde aparece la Ley 27806. Esta Ley, que promueve la transparencia de los actos del Estado y regula el derecho fundamental del acceso a la información, nos permite consultar información y documentos. Por ejemplo, podemos preguntarle a la Municipalidad de Lima cuánto gastó en la obra del by-pass de 28 de julio, o al Congreso de la República cuántas personas tiene en planilla.

Gracias este marco normativo, los ciudadanos disponemos de una herramienta muy importante para la democracia moderna: el poder de preguntar, cuestionar y proponer.

El Acceso a la información pública en Perú

La Ley de Transparencia fija el procedimiento para que cualquier ciudadano pueda pedir información a las entidades a través de una Solicitud de Acceso a la Información Pública. En la norma se establecen obligaciones, excepciones y responsabilidades que las entidades deben observar para manejar y entregar la información solicitada.

Una de las características principales es que la entidad debe contestar en siete (7) días hábiles a tal solicitud. Obviamente es un beneficio para el ciudadano, pero no lo es para el responsable. Muchas veces quien recibe la solicitud no tiene la información requerida y debe cursar oficios o comunicaciones a quien la tenga. Y el trámite se demora. Sin embargo, eso es lo que la Ley quiere evitar: el exceso de barreras burocráticas que cada entidad tiene. Esas barreras terminan vulnerando el principio de acceso y publicidad de la información como también el sentido de transparencia de los actos del Estado.

Otra cuestión a analizar es el asunto de las excepciones. Así como el acceso está garantizado por el principio de publicidad, también está limitado cuando se trata de información relacionada a seguridad nacional, planes militares o algún asunto que viole la privacidad de las personas. Secreta, reservada o confidencial puede ser la clasificación que se le otorgue a dicha información. Lo determina cada entidad a través de una Resolución Ministerial y debe fundamentarse en uno de los supuestos estrictamente determinados por los artículos 15, 16 y 17 de la Ley. Esto puede sonar controversial. ¿Cómo es que la misma entidad que tiene que darte la información, es la que te la deniega? Sí, así es. Estas limitantes son de aplicación restrictiva, taxativa, precisa e inequívoca.

Tecnología al uso de la transparencia

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Desde que se aprobó la Ley en el año 2002, las obligaciones de Transparencia de las entidades públicas han cambiado poco. Notoriamente, el procedimiento para presentar una solicitud de acceso a la información pública se ha mantenido casi idéntico en muchas entidades sometiendo al ciudadano a colas, horarios especiales y al uso de formatos poco amigables para ejercerlo. Aunque algunas entidades han puesto a disposición del público formularios especiales en sus páginas web para ejercer este derecho, son la excepción y no la regla. La implementación de un método informatizado, transparente y participativo todavía está por concretarse.

Si bien existen planes de gobierno como el Plan de Acción de Gobierno Abierto o portales de transparencia estándar, no hay una estrategia de implementación completa. El concepto de “Gobierno Abierto” supone gestión a favor de la transparencia y el acceso, la participación y el diálogo. Sin embargo, todavía es mucho lo que no está pensando en torno al ciudadano. Un acierto de la Ley es obligar a todas las entidades públicas a enviar anualmente a la Presidencia del Consejo de Ministros un informe estadístico sobre todas las solicitudes atendidas o no atendidas. Esto sirve a modo informativo. Sin embargo, no soluciona ningún problema ni demuestra la funcionalidad de la Ley: el informe demuestra que el Estado responde, pero la mayoría de las veces responde negativamente. Hay un abuso en el uso de las excepciones y esto atenta contra el modelo de Gobierno transparente. Estadísticamente se atiende la solicitud, pero no entregan la información solicitada.

El uso de la tecnología promoverá un Estado más transparente. Tanto para el ciudadano como para el funcionario, las herramientas que puedan ser desarrolladas y que apliquen tecnologías novedosas, lo ayudarán. El Estado debe encaminar sus políticas para pasar de ser un “Gobierno Abierto” a ser un “Gobierno Electrónico”. Esto definitivamente impactará en los resultados que el Perú, como Estado moderno, participativo y democrático, busca para los próximos años.

Foto: Plashing Vole (CC BY NC)

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