Una municipalidad peruana ahora prohibe jugar Pokemon GO

Dicen que en en Perú nos gusta ser los primeros en todo. Siguiendo esa tradición nacional, hoy la Municipalidad del distrito de La Punta ha publicado la primera norma legal que regula el uso de videojuegos de realidad aumentada en la vía pública. Se trata de la primera norma legal de su tipo en la región y una de las primeras en el mundo en intentar algo semejante. La norma prohibe el uso de videojuegos como Pokemon GO en todo el distrito, salvo que se haga en las zonas especialmente designadas por la Municipalidad y en el horario autorizado. Quienes se nieguen a cumplir con esta norma podrán ser multados con hasta 395 soles y su dispositivo móvil retenido.

Digámoslo rápidamente: no existe ninguna justificación legal para que la Municipalidad de la Punta prohiba a cualquier vecino o visitante de su distrito hacer lo que quiera con su teléfono en la vía pública. En principio, ni siquiera tiene la potestad de regular el tránsito de peatones en su distrito, como señala Alonso Gurmendi en su muy completo artículo. Las municipalidades pueden restringir el uso de espacios públicos (ej. horarios de apertura de parques) o las actividades que en ellos de desarrollan (ej. consumir alcohol, hacer fuego abierto) pero no decirnos por dónde caminar o qué hacer mientras caminamos.

Incluso si la Municipalidad tuviese esta potestad, la Ordenanza resulta discriminatoria. La norma no establece ninguna regla general sobre espacios públicos sino que discrimina injustificadamente a un grupo específico de ciudadanos: los usuarios de un juego de video. Lo que es peor, la actividad a la que se refieren no ocasiona ningún daño a la integridad física o la propiedad de terceros. Otras actividades como usar patinar o conducir bicicleta previsiblemente pueden ser más molestas para el resto de las personas en esos espacios públicos. No obstante, la Ordenanza se concentra específicamente en los usuarios de videojuegos de “realidad aumentada” sin explicar sus razones.

Todas las justificaciones ensayadas en la Ordenanza son insostenibles. Por un lado, la Ordenanza se gasta repitiéndoles a los peatones que tienen que respetar el Reglamento Nacional de Tránsito, que no deben ocasionar ruidos molestos, que cualquier evento debe de contar con un permiso y que todos deben de dar un buen uso a los tomacorrientes y red de WiFi municipal. ¿No existen ya normas nacionales y locales sobre todos estos puntos? Como se aprecia, la medida ordenada por la Municipalidad no se sostiene como una medida proporcional para asegurar que no se produzcan ruidos molestos o se dañe la infraestructura pública.

Todavía peor es el régimen de sanciones que la Ordenanza crea. Se sanciona con una multa de hasta S/. 395 o 115 dólares por jugar un videojuego de este tipo fuera de las “zonas autorizadas” y de los “horarios autorizados,” sino que se autoriza a la Policía Municipal a “retener” el dispositivo móvil del ciudadano sin que se precise cómo recuperarlo o bajo qué procedimientos. Además de lo difícil de verificar y cumplir de estas medidas, autorizar a la Policía Municipal a decomisar propiedad privada a su libre criterio es una violación gravísima no solo al derecho de propiedad sino también a la privacidad y el secreto de las comunicaciones que protegen nuestros dispositivos.

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En toda su improvisación, esta Ordenanza es un excelente ejemplo de el pánico que muchas de nuestras autoridades le tienen a la tecnología. Ante cualquier innovación como los drones o la realidad aumentada, su primera reacción es prohibir, recluir su uso o asfixiar su desarrollo con la pretendida finalidad de preservar derechos “más valiosos” como la seguridad, la privacidad o la tranquilidad. Ojalá que nuestras autoridades pronto se den cuenta de que existen mecanismos menos lesivos de derechos para proteger al resto que prohibir preventivamente el uso de cualquier tecnología. Como señala la petición en Change.org para el Defensor del Pueblo (que ya tiene más de 300 firmas), “esto no se trata de Pokemon Go, se trata de proteger nuestros derechos a la libertad de tránsito, de esparcimiento y a aprovechar el espacio público, que es de todos, respetando la tranquilidad de los demás.”

Foto: Antonio Atalaya (CC BY-NC-ND-SA)

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