Sitios web
bloqueados en Perú
sin orden judicial
Desde el 2018, el Poder Ejecutivo ha ordenado bloquear más de 30 sitios web a nivel nacional.
Acciones de litigio llevadas a cabo por
Hiperderecho contra los bloqueos
El proyecto Error 404 tenía como uno de sus propósito reunir información que permita identificar mejor las prácticas de bloqueos en Internet y hacerlas más visibles a la comunidad. Esto con el fin de entender mejor la situación y plantear posibles acciones de incidencia contra aquellos bloqueos que nos parecen desproporcionados o cuyo mecanismo es potencialmente pernicioso para garantizar que Internet se mantenga como un espacio libre y abierto para todas y todos.
1. ¿Por qué los bloqueos de Internet son una mala idea?
En uno de los primeros artículos identificamos cinco tipos de bloqueos en Internet que se aplican o podrían aplicarse en el país pues existen normas que así lo permiten. No obstante, mientras que en muchos casos estos podrían parecer justificados, existen varios argumentos contra esta práctica. Algunos de ellos son:
No resuelven el problema de fondo: El bloqueo de un sitio web es un acto equivalente a ocultar la evidencia de un delito, simplemente para que no la veamos. En algunos casos podría ayudar a detener el daño que genera el contenido bloqueado, pero solo es una medida momentánea y por sí misma no es realmente una sanción. Sin embargo, aplicarlo da la falsa sensación de que “se ha hecho algo”, lo que en muchos de los casos les basta a las autoridades. Prueba de ello es que luego de un tiempo, los bloqueos de varios sitios que están listados en el micrositio de Error 404 han vuelto luego de culminado el plazo de la medida cautelar de bloqueo.
Resultan muy fáciles de evadir: La mayoría de bloqueos legales que se ejecutan en el Perú consisten en impedir el acceso a ciertos dominios o direcciones IP, siempre y cuando se detecte que la conexión a Internet se realiza desde Perú. Como lo sabe cualquier gamer o adicto a los torrents, en Internet abundan herramientas como los VPN, que permiten que un usuario en Perú engañe al sistema haciéndole creer que está conectado desde otro país. Así pues, aún cuando esté utilizando los servicios de un proveedor local, podrá saltarse el bloqueo, lo que lo hace tremendamente inefectivo.
Ponen en peligro derechos legítimos: Bloquear sitios y aplicaciones no es una tarea sencilla y se pueden cometer todo tipo de errores. Por ejemplo, por la forma en que funcionan algunos sitios web como Facebook o Youtube, bloquear ciertos dominios podría generar que se bloquee toda la aplicación. Del mismo modo ocurre si se desea bloquear una dirección IP de un blog específico, pero se termina bloqueando todas las direcciones que se le parezcan. Estos errores tardan mucho tiempo en ser corregidos y suponen grandes pérdidas para los afectados, no solo a nivel económico sino de oportunidad de ejercicio de múltiples derechos.
2. ¿Por qué los bloqueos de Indecopi y el MTC son todavía peores?
Por las razones antes mencionadas y por otras más, bloquear sitios y aplicaciones en Internet es problemático y consideramos que existen todo tipos de medidas mejores y más eficientes. No obstante, cuando decimos eso, nos referimos casi estrictamente a los bloqueos llevados a cabo en cumplimiento de una norma con rango de ley, el mandato motivado de un juez y las excepciones contempladas en el Reglamento de Neutralidad de la Red. Sin embargo, tanto en el caso de Indecopi como en el del MTC, señalamos que no existe realmente ninguna ley que habilite expresamente a ninguna de estas dos entidades para llevarlos a cabo y pese a ello, lo hacen.
En el caso de Indecopi nos parece una interpretación demasiado extensiva de sus facultades. Si bien como ente que vela por el respeto al consumidor y la competencia, sí debe tener herramientas para combatir las infracciones en estos ámbitos, consideramos que bloquear Internet no debería ser una de ellas. Esto último por varios motivos: El proceso administrativo dentro del cual Indecopi actúa no cuenta con todas las garantías que sí tiene un proceso judicial, especialmente el derecho a la defensa y el debido proceso. Además, el hecho de que el proceso solo pueda darse en el ámbito de la normativa de derechos de autor, impide que Indecopi valore otros elementos importantes en estos casos como los derechos humanos o los principios constitucionales. Finalmente, como lo revela el micrositio de Error 404, gran parte de los bloqueos realizados ya no están vigentes, pese a haberse publicitado ampliamente en los medios, principalmente porque luego de otorgadas las medidas cautelares, no se inició un proceso principal.
En el caso del MTC, se ha desvirtuado completamente el sentido de las normas con rango inferior a la ley, así como la competencia de un ministerio para regular más allá de sus capacidades. El decreto supremo expedido por el MTC en donde se otorga a sí mismo la facultad de ordenar los bloqueos de sitios web y aplicaciones no está amparado en ninguna ley vigente. Pero no solo eso, el procedimiento que establece para realizarlos ni siquiera es adversarial, como sí lo es en el caso de Indecopi. En este caso, basta que el MTC señale que un sitio está infringiendo lo dispuesto por el decreto para ordenar que se bloquee, sin permitirle ejercer ninguna defensa a los afectados y sin mecanismos establecidos de revisión posterior. Para que se entienda la gravedad de esta situación, es como si el MTC produjera una norma que obliga a las empresas que brindan servicios de reparación de automóviles a retenerlos si el dueño tiene multas de tránsito vencidas. No es que los conductores morosos no deberían tener una sanción, sino que esta debe seguir un camino apropiado que impida ejercicios abusivos.
3. ¿Qué medidas hemos tomado al respecto?
En Hiperderecho consideramos que esta situación no es sostenible. Ahora mismo, los principales sitios bloqueados de los que da cuenta el micrositio de Error 404 son páginas web y aplicaciones que muy probablemente infringieron derechos, principalmente de autor o violaron la prohibición de ofertar servicios de taxi en moto. Sin embargo, este no es el problema principal. El problema principal es que estos mecanismos de bloqueo administrativo existen y, por la manera en que se los ha promocionado, todo parece indicar que son percibidos como herramientas atractivas para la regulación. Más allá de que los bloqueos en sí nos parecen una mala política, creemos que si se realizan en cumplimiento de leyes o mandatos judiciales, por lo menos queda a salvo cierto espacio para la discusión y la mejora. Esto no ocurre cuando el bloqueo depende de la actuación de entidades administrativas, más enfocadas en volver más rápidos y eficaces sus procesos que en garantizar el respeto de los derechos y la integridad de Internet.
Es por ello que en el caso del Decreto Supremo, Hiperderecho ha demandado al MTC ante el Poder Judicial a través de la vía de la Acción Popular, con el fin de cuestionar varios puntos de esta norma, pero principalmente: Esta modalidad de bloqueo afecta la neutralidad de la red; no se basa en el principio de legalidad pues el bloqueo no emana de una norma con rango de ley sino un decreto supremo; y afecta varios derechos humanos, entre ellos la libertad de expresión e información. A partir de la discusión que se genere en los tribunales, esperamos poder seguir avanzando en otros casos como en el de Indecopi y de cualquier otra entidad que en el mediano o largo plazo quiera implementar este tipo de políticas de bloqueo.
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