¿En qué consiste la difusión de imágenes íntimas sin consentimiento?
📝Consiste en difundir, revelar, publicar, ceder o comercializar imágenes, materiales audiovisuales o audios con contenido sexual de cualquier persona, sin su conocimiento.
Puede realizarse a través del uso de tecnologías de la información y de las comunicaciones. Por ejemplo, si tu ex pareja comparte imágenes íntimas que le entregaste cuando fueron pareja se comete el delito de difusión de imágenes íntimas sin consentimiento.
Se encuentra regulado en el artículo 154 B del Código Penal con una sanción de 2 a 5 años de cárcel y con 30 a 120 días-multa.
¿Me merezco que hayan difundido mis imágenes íntimas porque yo decidí tomármelas o que me las tomaran? ¿Pierdo por eso la posibilidad de denunciar?
No. El haberte tomado o haber permitido la toma o grabación de fotos, audios o videos íntimos no te quita la posibilidad de denunciar. Todo lo contrario: La misma creación del delito reconoce y responde a la necesidad de proteger tu intimidad, privacidad e integridad. Recuerda que jamás merecerás que te traten con violencia ni que atenten contra tus derechos. No tienes la culpa de que el agresor haya decidido romper la relación de confianza en la que se enviaron y/o grabaron estos contenidos.. Sus actos son su responsabilidad, y si fueron conductas delictivas, le corresponde una sanción.
¿Qué pasa si el contenido es difundido por redes sociales?
La pena de cárcel que corresponderá al agresor será de 3 a 6 años y de 180 a 365 días-multa si es que la difusión se hace a través de redes sociales o cualquier otro medio de difusión masiva. Lo mismo ocurrirá si el agresor y la víctima fueron o son pareja, convivientes o cónyuges.
¿A dónde debo acudir a colocar mi denuncia?
Este es un delito de acción pública; es decir, de persecución pública. Por tanto, puedes acudir a la comisaría de tu distrito o al Ministerio Público a realizar tu denuncia. No olvides llevar la evidencia recolectada en uno o más CDs si se trata de audios o videos. Si se trata de capturas de pantalla o cualquier otro documento, llévalos impresos.
¿Dónde puedo encontrar orientación para denunciar con enfoque de género?
Puedes acudir, antes de denunciar, al Centro Emergencia Mujer de tu distrito. En algunos casos, podrás encontrarlos en la misma comisaría donde te acercarás a denuncias. Allí recibirás orientación legal. Además, podrás recibir atención psicológica y social. Encuentra aquí el directorio del los CEM.
Visita nuestra guía urgente para denunciar casos de acoso aquí.
NOTA: esta información es actualizada respecto a los cambios normativos de este delito:
Con fecha 08 de agosto de 2024, el Poder Ejecutivo modificó el delito de difusión de contenido íntimo sin consentimiento (154-B). De esta forma, se eliminó el requisito de haber obtenido el material íntimo con el consentimiento de la persona. De este modo, es posible sancionar a toda la cadena de personas que compartan el contenido íntimo sexual. También, este delito ya no es de persecución privada, sino penal y por tanto, es posible acudir al Ministerio Público y/o Policía Nacional del Perú para denunciar estos hechos. Los delitos de difusión de contenido íntimo sin consentimiento cometidos antes del 08 de agosto de 2024 son de persecución privada, por lo que aplican las siguientes recomendaciones:
“No es posible acudir a la comisaría de mi distrito o al Ministerio Público a realizar mi denuncia. Esto significa que debes acercarte al Poder Judicial, para presentar la querella (este es el nombre que, en casos de acción privada, se emplea para denominar la denuncia).
También debes hacerte cargo de la redacción de la querella, adjuntando todas las pruebas que tengas.
La evidencia recolectada, si se trata de audios o videos, puedes entregarla en CDs o en un USB. Si se trata de capturas de pantalla o cualquier otro documento es necesario demostrar su originalidad y certeza. Si lo necesitas, puedes buscar la ayuda de un/a abogado/a para redactar el documento y ordenar las pruebas. No obstante, es obligatorio que un/a abogado/a firme la querella. Además, debes pagar las tasas judiciales, que son las que corresponden a procesos contenciosos. Puedes encontrar aquí el valor de las tasas, el cual dependerá del monto de la indemnización que solicites.