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2.07 Difusión de imágenes íntimas sin consentimiento

📝Este tipo de violencia consiste en la difusión sin consentimiento de fotos, videos, datos personales de carácter íntimo que obtuvo con consentimiento. Se le conoce coloquialmente como “porno-venganza” o “pornografía no consentida.” – pero no nos gusta llamarla así. Preferimos llamarla por su nombre: difusión de imágenes íntimas sin consentimiento.

Es generalmente llevada a cabo por ex parejas, o parejas. Está relacionada con actos de chantaje sexual (pero no es lo mismo; son delitos distintos ☝️), cuando la persona agresora amenaza con difundir material íntimo que se ha registrado dentro del contexto de una relación sentimental para conseguir algo a cambio. Lee más sobre chantaje sexual aquí.

Este tipo de violencia tampoco se debe confundir con el sexting. Aunque el ‘sexting’ — o el intercambio de contenido erótico o íntimo por aplicaciones de mensajería— es uno de los escenarios en los que un potencial agresor podría tomar posesión de este tipo de material, el sexting no es un tipo de violencia, sino una expresión de la sexualidad. La violencia solo se da si se traiciona el pacto de confianza que existe entre estas personas.

¿Es violencia de género?

Sí, es una forma de violencia sexual que vulnera la intimidad y el derecho de las personas a decidir sobre cómo vivir su vida sexual en internet. Además, la violencia no solo se comete al momento de difundir la foto, si no se reproduce cada vez que alguien entra en contacto con la foto, la reenvía y maltrata a la persona que aparece en el material, juzgando la libre expresión de su sexualidad en internet.

Como se indica en los principios de Yogyakarta, la vigilancia sobre la sexualidad continúa siendo una fuerza principal detrás de la perpetuación de la violencia basada en género y la desigualdad de género. Este tipo de violencia sólo es posible en una sociedad machista donde se continúa castigando la sexualidad femenina.

¿Cómo se utiliza la tecnología?

Al igual que en chantaje sexual, las personas que difunden contenido íntimo se apoyan en cómo la tecnología facilita la viralización de contenido para coaccionar a sus víctimas. Al amenazar con la difusión de imágenes íntimas, están mandando el mensaje de que ese contenido viajará de forma rápida e inmediata, y que será accesible en internet de manera permanente por incontables personas y dispositivos.

Cuentan además con que una vez que el contenido se propague internet, sería virtualmente imposible darlo de baja, afectando la reputación y el bienestar de la persona a quienes quieren dañar a largo plazo.

¿Es delito?

Esta es una de las cuatro violencias reconocidas en el código penal como delitos. Lee más sobre cómo denunciar difusión de imágenes íntimas sin consentimiento.

2.05 Chantaje sexual

📝El chantaje sexual involucra utilizar la tecnología para amenazar e intimidar a una persona y obtener de ella una conducta o acto de connotación sexual. Esto incluye amenazar a personas con la difusión de imágenes íntimas u otras formas de violencia para obligarlas a realizar actos sexuales o evitar el rechazo a invitaciones sexuales.

¿Es violencia de género?

Sí, el chantaje sexual es una forma de violencia sexual, que vulnera el derecho de las personas a decidir sobre su vida sexual por medio del uso de la intimidación o coerción. Al igual que en el acoso sexual, no se requiere el contacto o la cercanía física para calificar como este tipo de violencia.

¿Cómo se utiliza la tecnología?

En este caso, las personas que realizan chantaje sexual se apoyan en cómo la tecnología facilita la viralización de contenido para coaccionar a sus víctimas. Al amenazar con la difusión de imágenes íntimas, están mandando el mensaje de que ese contenido viajará de forma rápida e inmediata, y que será accesible en internet de manera permanente por incontables personas y dispositivos. Cuentan además con que una vez que el contenido se propague internet, sería virtualmente imposible darlo de baja.

¿Es delito?

Sí, el chantaje sexual es una de las cuatro violencias reconocidas en el Código Penal como delitos. Lee más sobre cómo denunciar chantaje sexual aquí.

2.04 Amenazas

📝Este tipo de violencia involucra recibir mensajes, imágenes o videos con expresiones y contenido en tono violento o agresivo, que manifiestan explícitamente la intención de hacerle daño a esta persona, sus seres querido/s, o sus bienes. Resaltaron los testimonios sobre amenazas de violencia física o sexual explícitas a partir del rechazo a solicitudes sexuales.

¿Es violencia de género?

Sí, sobre todo cuando las amenazas se apoyan en discursos de género que buscan menoscabar los derechos de mujeres y la comunidad LGBTIQ+. Las amenazas forman parte de lo que también se considera violencia psicológica porque involucran insultos relacionados al aspecto físico de una persona, su inteligencia, sus capacidades, etc, humillaciones y/o la desvalorización de su trabajo u opiniones. En otros casos, las amenazas también invocan o mencionan la posibilidad de violencia física.

¿Cómo se utiliza la tecnología?

En el caso de amenazas, es común que vengan acompañadas del uso de los datos personales de la víctima. Les agresores usan la información disponible en internet para formular sus amenazas, manifestándole que “ya saben dónde vive” o mediante sugerencias de que las están vigilando y que las pueden ubicar.

De esta manera, utilizan los datos y la tecnología para generar la sensación de vigilancia y dar credibilidad a sus amenazas. Esto se vuelve abrumador para quienes reciben las amenazas. Al estar siendo vigiladas, viven bajo un constante estado de alerta porque creen que el cumplimiento de la amenaza es inminente. Además, es común que acosadores se apoyen en el anonimato para poder realizar las amenazas amparades por la impunidad.

Sin embargo, recordemos que la tecnología también nos permite romper esta cercanía y alejar a les agresores por medio de varias herramientas de seguridad digital.

¿Es delito?

Las amenazas en línea no están tipificadas como delito, pero estas conductas, a pesar de tener características distintas, califican dentro del delito de Acoso. Lee más sobre cómo denunciar aquí.

2.03 Acoso sexual

📝El acoso sexual consiste en utilizar la tecnología para vigilar, perseguir, hostigar, asediar o buscar establecer contacto o cercanía con una persona para llevar a cabo actos de connotación sexual. Al igual que en el acoso, no se requiere que la conducta se haya realizado varias veces. Una vez es suficiente para alterar el desarrollo de nuestra vida cotidiana, perturbando nuestra tranquilidad. Por ejemplo, escribir mensajes de texto pidiendo fotografías íntimas es una conducta de acoso sexual.

¿Es violencia de género?

Sí. El acoso sexual es una forma de violencia sexual. Aunque el acoso sexual no involucre ningún tipo de contacto físico, sí puede involucrar la exposición sin consentimiento a material íntimo y además, vulnera el derecho de las personas a decidir sobre su vida sexual por medio del uso de la intimidación o coerción.

En nuestra investigación encontramos que hay mujeres que se han enfrentado al acoso sexual incluso cuando han estado buscando oportunidades laborales o cuando visitan foros públicos y su identidad como mujeres es visible.

¿Cómo se utiliza la tecnología?

Al igual que en acoso, el acoso sexual se apoya en las características de la tecnología para generar proximidad a las víctimas. Además, las personas agresoras se apoyan en la facilidad de registrar y enviar contenido íntimo por medio de la tecnología, o el acceso a datos personales para acercarse a la víctima y hacerle solicitudes sexuales. Además, es común que acosadores se apoyen en el anonimato para poder realizar realizar estos actos de manera impune.

Sin embargo, recordemos que la tecnología también nos permite romper esta cercanía y alejar a les agresores por medio de varias herramientas. Aquí te contamos más.

¿Es delito?

Sí, esta es una de las cuatro violencias reconocidas en el código penal como delitos. Lee más sobre cómo denunciar aquí.

2.02 Acoso

📝El acoso en línea consiste en que una o varias personas utilicen la tecnología para vigilar, perseguir, hostigar, asediar o buscar establecer contacto o cercanía con una persona de tal modo que pueda alterar el normal desarrollo de su vida cotidiana.

No es necesario que la conducta sea reiterada, continua o habitual para que sea considerada acoso y reciba una sanción. Una sola vez es suficiente para alterar el desarrollo de nuestra vida cotidiana, perturbando nuestra tranquilidad. Por ejemplo, escribir mensajes en sus redes sociales a una activista con insultos y amenazas de violación, o que un compañero de trabajo escriba mensajes insultantes, son conductas de acoso.

¿Es violencia de género?

Sí, especialmente cuando el acoso se apoya en discursos o motivaciones basadas en el género. Puede ser considerada una forma de violencia psicológica que afecta el bienestar y la salud mental de quien la sufre, e involucra conductas que pueden ocasionar daño psíquico por medio de amenazas, insultos relacionados al aspecto físico de una persona, su inteligencia, sus capacidades, etc, humillaciones o la desvalorización de su trabajo u opiniones. En muchos casos, mensajes de acoso también invocan o mencionan la posibilidad de violencia física.

¿Cómo se utiliza la tecnología?

El acoso en línea se puede dar por medio de mensajes privados y/o comentarios públicos, por medio de diversas redes sociales o aplicaciones de mensajería. En este caso la tecnología cumple un rol de generar proximidad entre la persona que acosa y la persona que recibe los mensajes.

Mientras otros tipos de acoso exigen una cercanía física entre ambas personas, el acoso en línea supera esta barrera y pueda establecer contacto de manera inmediata con la víctima. Además, es común que acosadores se apoyen en el anonimato para poder realizar estos actos bajo una sensación de impunidad. Sin embargo, recordemos que la tecnología también nos permite romper esta cercanía por medio de varias herramientas.

Aquí te contamos más.

¿Es delito?

Si, esta es una de las cuatro violencias reconocidas en el Código Penal como delitos. Lee más sobre cómo denunciar aquí.