El Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas ha aprobado una nueva resolución no vinculante afirmando la validez de los Derechos Humanos en entornos digitales. En la Resolución A/HRC/32/L.20 aprobada a inicios de este mes, el órgano de Naciones Unidas encargado de promover el respeto a los Derechos Humanos se ha vuelto a referir a que estos también deben estar protegidos en Internet, en particular la libertad de expresión, la privacidad y la libertad de asociación. Aunque no es la primera vez que su validez es reconocida, sí llama la atención el contexto y las reacciones en torno a su aprobación.
En uno de sus párrafos centrales, la Resolución se refiere específicamente a la legalidad de las prácticas de bloqueo o corte del tráfico de Internet o de cierta forma de conexión (“Internet Shutdown”). Este párrafo recibió la oposición de Rusia, China, Arabia Saudita, Sudáfrica, Indonesia e India, estados que están ensayando estas medidas como formas de control de la ciudadanía.
[El Consejo de Derechos Humanos] condena inequívocamente las medidas cuyo objetivo deliberado es impedir u obstaculizar el acceso o la divulgación de información en línea, vulnerando el derecho internacional de los derechos humanos, y exhorta a todos los Estados a que se abstengan de adoptar estas medidas, o cesen de aplicarlas;
En Perú existe desde el año 2014 un peligroso Proyecto de Ley que, con la finalidad de crear mecanismos de respuesta temprana ante emergencias, impone a los operadores de telefonía y de acceso a Internet la obligación de suspender o cortar los servicios públicos fijos, móviles o de acceso a Internet por razones de Seguridad y Defensa Nacional o restablecimiento del orden interno. Esta preocupante disposición, que sobrepasa por mucho la finalidad de una norma que busca prevenir daños por desastres naturales, recibió el voto aprobatorio de dos comisiones y estuvo a punto de ser aprobada en el Pleno en junio de 2014. Desde entonces, el Proyecto de Julia Teves se mantuvo en la Agenda del Pleno a la espera de volver a ser discutido.
Obligación de los titulares de concesiones de servicios fijos y móviles y operadores del servicio de acceso a Internet de brindar asistencia
Los titulares de concesiones de servicios públicos de telecomunicaciones fijos y móviles, así como los operadores del servicio de acceso a internet, prestarán asistencia al Ministerio de Defensa y el Ministerio del Interior para la suspensión o corte de los servicios públicos fijos, móviles y/o de acceso a internet que proveen, siempre que ello se sustente en estrictas razones de Seguridad y Defensa Nacional, y de restablecimiento del Orden Interno.
El Viceministro de Orden Interno, el Director de General de la Policía Nacional del Perú o el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, según corresponda, serán los funcionarios responsables de solicitar la asistencia a la que se refiere el párrafo precedente, la cual deberá estar debidamente justificada en los motivos antes señalados. Dichos funcionarios asumirán responsabilidad administrativa y funcional por el uso indebido de esta prerrogativa; sin perjuicio de las acciones civiles y penales que correspondan.
Mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se aprobarán los lineamientos a los que deberán sujetarse los requerimientos que se efectúen a los concesionarios de los servicios públicos fijos y móviles y operadores del servicio de acceso a interne!, así como las disposiciones referidas a los alcances de la limitación en la continuidad de los servicios, protección de datos personales y protocolos de atención de requerimientos.
Hiperderecho es parte de la coalición #KeepItOn, promovida por Access Now, que busca llamar la atención sobre la problematica global de las interrupciones al servicio de Internet ordenadas por Estados con la complicidad del sector privado. Lejos de ayudar, este tipo de medidas perjudican a los ciudadanos, los negocios y al propio Estado al impedir la comunicación, reducir la capacidad de reacción social en periodos de emergencia, y constituir una amenaza a los derechos fundamentales.
La Resolución del Consejo de Derechos Humanos también hace un énfasis especial en el rol de la educación para promover la inclusión y aprovechamiento de Internet por parte de los ciudadanos. En uno de sus pasajes, la Resolución “exhorta a todos los Estados a fomentar la alfabetización digital y a facilitar el acceso a la información en Internet, que puede ser una herramienta importante para facilitar la promoción del derecho a la educación.“
Este tipo de resoluciones carecen de fuerza vinculante inmediata para los estados. Sin embargo, sí son documentos importantes de referencia para debates locales y nos sirven para ayudar a entender el marco internacional de Derechos Humanos.
Foto: Jean-Marc Ferre/Naciones Unidas (CC BY NC-ND)
Director Ejecutivo (2013-2021)
Abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Máster en Derecho, Ciencia, y Tecnología por la Universidad de Stanford (California, Estados Unidos).