Apuntes sobre el sexto y penúltimo período de sesiones de la nueva Convención Internacional de la ONU contra el cibercrimen

Desde el lunes 21 de agosto hasta el viernes 01 de septiembre del presente año se celebró, en Nueva York, la Sexta Sesión del Comité Ad Hoc de la UNODC 1 para la elaboración de una futura Convención Internacional Integral para contrarrestar el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones con fines delictivos. A diferencia de las anteriores sesiones, el Sexto período de Sesiones del Comité Ad Hoc tiene como fuente de discusión el primer Proyecto de texto de la futura Convención. Por ello, las discusiones oscilan sobre la inclusión o no de determinados artículos, así como correcciones mínimas o formales de los artículos. 

Una nueva Convención Internacional sobre cibercriminalidad

Existían muchas reservas y cuestionamientos sobre la nueva Convención debido a la redundancia o sobreregulación de temas que ya se encontrarían regulados en el Convenio sobre Ciberdelincuencia o Convenio de Budapest. Desde estas posturas, se sostiene que no tendría sentido negociar sobre cuestiones ya aprobadas en el precitado Tratado. No obstante, el Convenio de Budapest no es universal; es decir, no todos los Estados que se encuentran negociando este nuevo Tratado forman parte o se han adherido a Budapest. Además, la ciberdelincuencia ha avanzado tanto que es preciso replantear y retomar la conversación al respecto con el fin de generar normativa internacional que integre las nuevas formas de delincuencia a través de herramientas tecnológicas. Adicionalmente, Budapest no cuenta con todas las salvaguardas de derechos humanos necesarias para su aplicación; se espera que este nuevo Convenio sí. 

De derecha a izquierda: Katitza Rodríguez de Electronic Frontier Foundation (EFF), la presidenta del Comité Ad Hoc (Ms. Faouzia Boumaiza Mebarki (Algeria), Elizabeth Mendoza (Hiperderecho) y Lia Hernández de IPANDETEC.

Principales discusiones

Gran parte de las propuestas incluyen mantener una regulación general en algunos artículos que regulan los ciberdelitos y que más bien, sería tarea de cada Estado regular en su derecho interno los términos específicos de los tipos penales, según sus realidades. Otras posturas respaldan que es necesario especificar determinados límites o bases normativas, con el fin de que no queden lagunas legales que puedan tergiversarse al momento de su aplicación en el derecho interno. 

Respecto a la inclusión de salvaguardas de derechos humanos y los diversos enfoques propuestos como el enfoque de género y de derechos humanos, gran cantidad de delegados promueven la inclusión de estos. No obstante, una importante cantidad de delegados de otros Estados han indicado que sus Gobiernos no se encuentran dispuestos a aceptar nuevas obligaciones internacionales sobre Derechos Humanos ni a “incluir más protecciones de derechos humanos de las ya adoptadas en otros Tratados que versan sobre derechos humanos”, recalcando que esta Convención versa sobre ciberdelincuencia. 

De derecha a izquierda Elizabeth Mendoza (Hiperderecho), Carlos Sanchez (Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República peruana en Viena) y Katitza Rodríguez (EFF).

Una nueva Convención y el respeto por los derechos humanos

Es imprescindible que esta Convención se aplique en el derecho interno de cada país con el debido respeto de los derechos humanos y con la especial protección de personas en estado de vulnerabilidad, frente a los ciberdelitos o delitos cometidos a través de las tecnologías.  Nos encontramos frente a la necesidad de reconocer las importantes y urgentes situaciones de riesgo y vulnerabilidad en la que se encuentran determinados grupos, frente a la ciberdelincuencia.  Si se toma en cuenta la especial situación en la que se encuentran, así como el modus operandi, grado de afectación y la incidencia criminológica de determinados delitos en estos grupos; se podrá brindar justicia efectiva.

Además, la inclusión de estas disposiciones buscará evitar el abuso o utilización de las disposiciones en desmedro de los derechos de poblaciones vulnerables y en el desarrollo de los derechos civiles de la población. En la realidad latinoamericana, existen serias preocupaciones respecto a la protección de los derechos civiles de investigación y acceso a la información, así como la persecución política de periodistas y activistas. En este sentido, dichas salvaguardas representarán un medio de defensa y un estándar de respeto de derechos humanos frente a situaciones de abuso de derecho e incluso cibervigilancia por parte del Estado.

Finalmente, las organizaciones que conformamos el Consorcio AlSur, hemos presentado un documento sobre el proyecto de texto de la Convención. En esta sumisión, hemos analizado y comentado nuestras principales preocupaciones y apuntes sobre el texto que integrará la próxima Convención Internacional contra el Cibercrimen. Para acceder a este documento, haz clic aquí.




  1.  Oficina de las Naciones Unidas contra las Drogas y el Delito.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *