Autor: Miguel Morachimo

Director Ejecutivo (2013-2021)

Abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Máster en Derecho, Ciencia, y Tecnología por la Universidad de Stanford (California, Estados Unidos).

Interviniendo la Ley de Derechos de Autor

En Hiperderecho, hemos estado siguiendo con mucho interés el ciclo de reportajes que INFOS y el blog el Útero de Marita están dedicando a APDAYC. Creemos que es necesario revisar la forma en la que funciona el Derecho de Autor en Perú, para que sea un sistema coherente y beneficioso para artistas y público en general. Por ello, empezamos un ciclo de posts dedicados a proponer reformas puntuales y necesarias a la ley. Los invitamos a sumarse a la discusión y ayudarnos a intervenir la Ley de Derechos de Autor.

Preámbulo: Derechos de autor y propiedad privada

Estamos acostumbrados a escuchar que los derechos de autor son una forma de propiedad. A menudo nos recuerdan que el no pagar a una sociedad de gestión colectiva equivale a entrar a la casa de un artista a robar. Nos repiten una y mil veces que cualquier medida que reduzca o modifique los derechos de autor significa una expropiación. En esa lógica, muchos se apresuran a afirmar que quienes hablamos de la posibilidad de devolverla a los creadores el control de sus obras bajo licencias como Creative Commons somos comunistas.

Sin embargo, cuando uno lee las normas de derechos de autor reconoce un sistema especial. Ningún otro sistema de propiedad privada en nuestra legislación está sometido a tal número de excepciones y particularidades como el de derechos de autor. Es cierto que la ley reconoce al creador como el titular de un conjunto de derechos sobre su obra, pero también nos da a todos nosotros otro grupo de derechos sobre la misma obra. Gracias a estos derechos, podemos ejercer el derecho de citar obras de otros, usarlas con fines académicos, pedirlas prestadas en una biblioteca o fotocopiarlas para estudiarlas. Incluso, son estas mismas leyes las que reconocen que luego de un periodo de tiempo las obras pasan a ser de dominio público. Es decir, a pertenecernos a todos.

Los derechos de autor parecen una forma de propiedad distinta. No son propiedad en el mismo sentido en el que un auto o un reloj son propiedad de una persona. Son propiedad como un parque público es propiedad de una municipalidad o del estado central pero también de todos. Nadie puede destruir un parque o hacer algo que dentro de él está prohibido. Sin embargo, tampoco nadie puede ser expulsado de un parque público y todos tenemos algún derecho a disfrutar de él en armonía con el resto.

El sistema de derechos de autor lleva implícita la idea de un equilibrio. En su esencia, está la idea de que el sistema debe de permitir a los creadores continuar creando al tiempo que promueve el acceso a la cultura y al conocimiento por parte de todos los demás. Este es un equilibrio que está presente también en nuestra propia Constitución. El artículo que sirve de marco constitucional para la ley señala:

Artículo 2.— Toda persona tiene derecho:

(…)

8. A la libertad de creación intelectual, artística, técnica y científica, así como a la propiedad sobre dichas creaciones y a su producto. El Estado propicia el acceso a la cultura y fomenta su desarrollo y difusión.

Nuestra Constitución reconoce que la labor del Estado de propiciar el acceso a la cultura debe de armonizarse con la propiedad sobre las creaciones intelectuales. Este equilibrio tiene su mejor expresión en la lista de excepciones y limitaciones al derecho de autor. Se trata de una lista de casos en los que es posible usar todo o parte de una obra protegida por derechos de autor sin necesidad de pagar una contraprestación o pedir permiso.

En nuestro país, esa lista es limitada y ha quedado totalmente desfasada. La lista permite que una biblioteca preste material impreso, pero no permite que preste material audiovisual. En los mismos términos, permite que una tienda que vende televisores o equipos de audio utilice obras protegidas pero se lo prohibe al encargado de una bodega. Autoriza a que una parroquia use parte de una canción pero para usarla completa la obliga a pagar a una sociedad de gestión colectiva. La misma lista es la que permite que organices todas las fiestas que puedas en tu casa pero si las haces en un lugar que no es tu casa, así sea con el mismo número de invitados, estás obligado a pagar.

Desde el año 1996 en que se escribió nuestra Ley de Derechos de Autor, esa lista ha cambiado solo una vez para permitir la reproducción de obras para uso privado de invidentes. Buena parte del descontento que hoy muchos artistas y usuarios de música sienten respecto de cómo está funcionando nuestro sistema de derechos de autor se debe a las limitaciones de esta lista. El mejor resultado que podemos obtener de la campaña #IntervenganAPDAYC es que, además de que se aclaren las denuncias por manejos irregulares dentro de la Sociedad, se actualice esta lista de manera tal que cree un sistema de derechos de autor más coherente con nuestra realidad y nuestros tiempos. Las siguientes entradas de esta serie estarán dedicadas a explicar cómo podemos lograr estos cambios.

Únete a la campaña para pedirle a Ollanta Humala que observe la Ley de Delitos Informáticos

El Proyecto de Ley de Delitos Informáticos, también conocido como Ley Beingolea, fue aprobado por el pleno del Congreso la semana pasada. El texto original del Proyecto, presentado en el 2011 y cambiado por la Comisión de Justicia en el 2012, fue cambiado nuevamente el último jueves durante el receso de la sesión y terminó aprobándose un texto distinto del original.

El Proyecto de Ley actualmente se encuentra pendiente de ser revisado por el Presidente de la República, quien puede elegir promulgarlo o devolverlo al Congreso formulando observaciones. Por ello, la semana pasada le enviamos una carta el Presidente solicitándole que no promulgue la Ley de Delitos Informáticos y que devuelva el proyecto al parlamento para que se lleve a cabo un debate menos apresurado e informado.

[button link=»https://twitter.com/intent/tweet?text=Presidente+%40Ollanta_HumalaT+diga+NO+a+la+%23LeyBeingolea%21+Sus+peligrosas+disposiciones+y+falta+de+discusión+en+su+aprobación+es+inaceptable.» type=»big» newwindow=»yes»] Twittear a Ollanta Humala sobre la Ley de Delitos Informáticos[/button]

Ahora nos unimos a la campaña iniciada por nuestros amigos de la ONG internacional Access para solicitarle a través de Twitter y Facebook al presidente Ollanta Humala que no promulgue esta ley. La participación de todos es muy importante. Solo tienen que seguir los botones de esta página y cada uno te sugerirá un texto distinto para compartir a través de Twitter.

[button link=»https://twitter.com/intent/tweet?text=%23LeyBeingolea+es+vaga+e+inconsistente+con+el+Código+Penal+peruano.+%40Ollanta_HumalaT%2C+veta+esta+ley+antidemocrática.+Abramos+el+debate%21″ color=»lightblue» newwindow=»yes»] Mensaje 1[/button] [button link=»https://twitter.com/intent/tweet?text=Presidente+%40Ollanta_HumalaT+diga+NO+a+la+%23LeyBeingolea%21+Sus+peligrosas+disposiciones+y+falta+de+discusión+en+su+aprobación+es+inaceptable.» color=»lightblue» newwindow=»yes»] Mensaje 2[/button] [button link=»https://twitter.com/intent/tweet?text=Oiga+%40Ollanta_HumalaT+por+favor+diga+NO+a+%23LeyBeingolea+y+abra+el+debate.+Defienda+la+libertad+de+expresi%C3%B3n%2C+innovaci%C3%B3n+y+la+justicia.» color=»lightblue» newwindow=»yes»] Mensaje 3[/button]

 

Cómo aprendimos a dejar de preocuparnos y amar la prohibición

Un grupo de proyectos de ley presentados recientemente en el Congreso peruano, abordan diversos asuntos relacionados con el uso de Internet. Sin embargo, su entendimiento de las tecnologías y sus posibilidades es parcial y pesimista, terminando en fórmulas que proponen la prohibición de todo aquello que no se pueda controlar.

Un proyecto de ley presentado por el congresista Omar Chehade parte de la preocupación por la facilidad de acceder a contenidos pornográficos a través de Internet. Considera que resulta cada vez más difícil para los padres supervisar lo que sus hijos hacen en línea, debido a los diversos medios y dispositivos existentes para conectarse. Por ello, propone crear una comisión estatal dedicada a identificar y ordenar el bloqueo de todos los contenidos no aptos para menores disponibles en Internet. Este filtrado se aplicaría por defecto a todos las conexiones de Internet del país y solo se levantaría para los usuarios que lo soliciten expresamente a su proveedor de acceso.

La propuesta adolece de profundos problemas legales y prácticos, como lo hemos señalado en Hiperderecho. En principio, porque implantaría un sistema estatal de censura previa respecto de un contenido que en sí mismo es legal, como la pornografía. El proyecto no busca regular el acceso a pornografía infantil sino a la pornografía en general.

Además, el requisito de solicitar expresamente a la empresa operadora la habilitación de los contenidos pornográficos, crearía un registro nacional de consumidores de pornografía del que nadie querría formar parte.

En la práctica, el proyecto también sería una tarea de muy difícil implementación y mantenimiento. El volumen de sitios que tendrían que diariamente agregarse a la lista negra estatal llevaría a errores, zonas grises y casos en los que termine utilizándose esta potestad estatal con fines de censura política. El uso intensivo de esta potestad llevaría a bloquear servicios como Tumblr, Pinterest o todo el tráfico peer-to-peer en Perú. Por ende, la aceptación de estas soluciones abriría la puerta a que en un futuro cercano se busque implementar sistemas de filtrado similares para infracciones a los derechos de autor o difamación.

Por otro lado, luego de un accidentado primer intento por ampliar el catálogo de delitos informáticos existentes en Perú, un nuevo proyecto de ley firmado por el Poder Ejecutivo quiere incorporar un conjunto de nuevos delitos relacionados con sistemas informáticos. La propuesta se inspira en parte en el Convención sobre Cibercrimen de Budapest cuando propone incorporar delitos como los de acceso ilícito, atentado contra la integridad de datos o sistemas informáticos o el uso indebido de dispositivos, entre otros. Sin embargo, en algunos casos omite señalar excepciones que sí están presentes en el texto internacional y en otros incorpora artículos totalmente nuevos.

Es el caso de los delitos de grooming, discriminación e interceptación telefónica. En el primero, en firme cumplimiento de la tradición nacional por seguir las modas continentales, se propone penalizar a quien “a través de las tecnologías de la información o de las comunicaciones” contacte a un menor de catorce años para solicitarle material pornográfico o proponerle actividades sexuales. En el caso del delito de discriminación, se propone ampliar la redacción vigente del Código Penal para incluir los casos en los que el delito se realiza “a través de las tecnologías de la información y de la comunicación”. En otras palabras, propone hasta tres años de cárcel para quien a través de un artículo, comentario o un video difundido por Internet discrimina o incita a la discriminación. Finalmente, el proyecto de ley también intenta aumentar las penas para el delito de interceptación telefónica hasta los seis años y propone agravantes para información clasificada o que comprometa la defensa y soberanía nacional.

Aunque ambos proyectos de ley han sido elaborados por equipos distintos y abordan problemas diferentes, es posible identificar algunos puntos en común. En primer lugar, comparten una visión desesperanzadora de lo que significa la tecnología y del rol estatal sobre ella.

La sociedad ha abrazado la apertura de la tecnología como una oportunidad para innovar y mejorar nuestra calidad de vida. Una oportunidad, por cierto, no desprovista de riesgos pero a cuyos beneficios no podemos negarnos. Por el contrario, en estos proyectos, nuestro Estado parece ver en la tecnología una profunda amenaza a la sociedad que es imprescindible reprimir y respecto de la cual nunca se podrá estar suficientemente protegido.

Por eso es que estos proyectos se esfuerzan en cubrir todos los supuestos posibles, así nunca se vayan a verificar en la práctica o no tengamos los medios apropiados para detectarlos. Por eso creen que es mejor que los supuestos sean demasiado amplios en lugar de hacerlos demasiado específicos. Esta aproximación “precautoria” a los usos de la tecnología puede terminar afectando no solo usuarios sino también a empresas, creadores y emprendedores que experimentan con los nuevos medios.

El otro rasgo común que tienen ambos proyectos de ley, es su alienación respecto de la realidad nacional y la capacidad institucional del Estado. Su punto de partida siempre es un documento internacional, una iniciativa extranjera que se pretende imitar o la necesidad figuración política frente a un tema de coyuntura.

Peor aún, la prisa en adaptar el Convenio de Budapest es evitar que se apruebe un proyecto de ley peor como el propuesto por la Comisión de Justicia el año pasado y que todavía no ha sido retirado. Sin embargo, ninguno parte de señalar la cantidad de delincuentes que se le han escapado al Estado por un vacío legal, el éxito que han tenido estas medidas en otros países o el impacto que las medidas propuestas tendrán en la libertad de expresión, la protección de datos personales o el desarrollo de la investigación científica.

Esta desconexión con la realidad hace que las propuestas sean tan descabelladas como un filtro nacional anti pornografía, o tan populistas y peligrosas como ampliar el delito de discriminación a espacios como Internet. Son prohibiciones raras porque son tan ambiciosas que a todos nos queda claro que no se van a cumplir efectivamente, o solo se van a hacer valer selectivamente, contra aquello que el Estado no puede callar por otros medios. Estas prohibiciones amplias y principistas son muy peligrosas para una sociedad libre y la tecnofobia de algunos de nuestros políticos nos está llevando a tomarlas por inocentes.

Artículo publicado originalmente en el boletín Digital Rights LAC, edición no. 3.

VEO: Nuevas Tecnologías y Sociedad en la PUCP

afiche-VEO

Este jueves 2 de mayo estaré en la Universidad Católica como expositor en el evento Nuevas Tecnologías y Sociedad organizado a propósito del primer año de VEO, el espacios de innovación, investigación y tecnología. Este es un evento que me entusiasma mucho y constará de espacios de demostración de aplicaciones, productos y salas de conversación. Los conversatorios empiezan desde las 8:30 am con Rosa María Palacios, Fernando Tuesta y Jorge Bruce hablando de su relación con Twitter. A las 11 am estarán Marco Sifuentes, Roberto Bustamante, Alicia Bisso y Paloma Casanave hablando de cómo era y cómo ha cambiado el mundo de los blogs personales.

Yo estaré hablando a las 12:30 pm en la mesa sobre Propiedad Intelectual y Estado junto a Katitza Rodríguez de la Electronic Frontier Foundation, José Diez del área de Propiedad Intelectual de la PUCP, Modesto Montoya y Luz Molina de la Asociación Peruana de Consumidores. En mi presentación, abordaré la pregunta de qué labor le corresponde al Estado en materia de propiedad intelectual y porqué creo que ha abandonado su tarea de promover el acceso a la cultura y al conocimiento. Obviamente, Katitza y yo también hablaremos sobre el Acuerdo de Promoción Transpacífico (TPP) como una nuevo espacio en donde el Estado tiene que vigilar que no se afecte el equilibrio entre derechos de propiedad y derechos de acceso.

Al mediodía, en pleno Jueves Cultural, habrá un concierto de Theremyn_4 y Dengue Dengue Dengue. Luego siguen las charlas como una sobre el futuro del periodismo con Juan Carlos Luján, Diego Peralta, Jacqueline Fowks y Claudia Cisneros a las 4 pm. A las 6:30 pm habrá otra charla sobre las nuevas iniciativas sociales sustentadas en nuevas tecnologías con

Camila Bustamante de Datea.pe, Elizabeth Vallejo de Acoso Callejero y Charles Rodríguez de Bestias al volante.

Para quienes no puedan asstir, es probable que el evento también se transmita en línea. Pondré aquí el link mañana.

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