Categoría: Delitos Informáticos

Histórico: Por primera vez en Perú, el Poder Judicial dicta prisión efectiva por child grooming

Mientras navegamos en internet, nos encontramos expuestos y expuestas a diversos ciberataques. Dentro de estos, solemos enfrentarnos a conductas de acoso, hostigamiento, suplantación de identidad, entre otras. Muchas personas aprovechan la inmediatez, anonimato, viralidad, entre otras características de internet para llevar a cabo conductas ilícitas que afectan la libre y segura navegación de los internautas. Lamentablemente, estas situaciones no son ajenas a los menores de edad; por el contrario, adolescentes y menores de edad forman parte de los grupos que se encuentran en mayor estado de vulnerabilidad frente a este tipo de ataques. Leer más

Se obtiene decisión histórica que reconoce y sanciona el hostigamiento sexual a través de Internet cometido en una universidad nacional

Compartimos la primera decisión emitida por autoridades universitarias de la Universidad Nacional de Ingeniería (UNI) que reconoce y sanciona el hostigamiento sexual digital cometido por un estudiante matriculado en la UNI contra otra estudiante de la misma casa de estudios.

Con ocasión del proyecto Después de la Ley, el equipo de Hiperderecho conoció y acompañó el caso de hostigamiento sexual de Valentina, una estudiante universitaria de la UNI. Los hechos son los siguientes: en febrero de 2020, Valentina (nombre utilizado para proteger la identidad de la estudiante) empezó a recibir mensajes con contenido sexual a través de Facebook Messenger de uno de sus compañeros de universidad. A pesar de su negativa, éste siguió enviando mensajes obscenos y procedió a enviarle una foto de su miembro viril. Frente a estos actos de hostigamiento sexual, Valentina decidió denunciar ante la Defensoría Universitaria los hechos.  Leer más

Hostigamiento sexual en universidades: Valentina y su lucha en la obtención de la primera sanción por hostigamiento sexual en la UNI

En el marco del proyecto Después de la Ley, el equipo de Hiperderecho conoció y acompañó el caso de Valentina, una joven estudiante que experimentó hostigamiento sexual en su universidad y que decidió denunciar los hechos ante las autoridades universitarias.

En febrero de 2020, Valentina, alumna de la Universidad Nacional de Ingeniería (UNI), recibió mensajes de connotación sexual de uno de sus compañeros de la UNI. A pesar de que ella no respondió sus mensajes, el sujeto envió una foto de su miembro sexual y más mensajes sexuales. Frente a esta situación, Valentina decidió denunciar ante su universidad los actos de hostigamiento sexual. Con esta denuncia inició el largo y revictimizante camino hacia la obtención de la primera resolución administrativa que reconoce y sanciona el hostigamiento sexual en la UNI. Leer más

Se creó un perfil con mis datos y fotografías en Instagram/OnlyFans, ¿qué puedo hacer?

Durante los últimos meses nos hemos enfrentado a la creación masiva de perfiles falsos. Estos perfiles suelen crearse en Instagram, ofreciendo o promocionando en la descripción de la cuenta una URL que promociona cuentas con contenido para adultos. Este link suele incluir en su texto “OnlyFans” o “Just for fans” .  Al respecto, tuvimos un Twitter Space junto al Observatorio Peruano de Criminalidad, Cultivando Género y TEDIC en el que conversamos sobre las estrategias legales y tecnológicas para poder enfrentar estos ataques cibernéticos, así como las formas de reaccionar y prevenir los mismos. En este espacio concluimos que la proliferación de perfiles falsos responde a fines delictivos como hostigamiento o incluso razones fraudulentas como estafas y otras defraudaciones. Pero, ¿qué podemos hacer si son nuestros datos, fotografías y videos los que se han utilizado para la creación de un nuevo perfil sin nuestro consentimiento? A continuación, te indicamos qué pasos seguir: Leer más

OnlyFans y Phishing: de la suplantación de identidad al fraude económico

OnlyFans, en su creación, fue y ha sido utilizado desde la autodeterminación y la libertad/toma de decisión de crear un perfil para monetizar determinados contenidos. No obstante y entre otros aspectos, la cuestión empezó a tornarse preocupante cuando comenzaron a aparecer perfiles fraudulentos, creados desde cuentas y perfiles falsos. 

El modus operandi en estos casos es la creación de una cuenta de Instagram (u otra red social) en la que se incluye un link que contiene dentro de la URL el texto “OnlyFans o Just for fans”. Hasta este punto, se ha configurado el delito de suplantación de identidad regulado en el artículo 9° de la Ley N° 30096 (Ley de delitos informáticos) y sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de cinco años. Al tratarse de una acción típica, antijurídica, y culpable, quienes hayan sido víctimas de esta modalidad de delito cibernético, pueden acudir a la Comisaría más cercana o al Ministerio Público a denunciar los hechos (o a través de sus canales virtuales de recepción de denuncias). Leer más

Sentido común frente a la Convención de Budapest

Hace pocos días, el Pleno del Congreso aprobó la Resolución Legislativa que aprueba la adhesión de Perú a la Convención sobre Cibercriminalidad del Consejo de Europa o Convención de Budapest. En diferentes volúmenes, esta noticia ha sido presentada por diversas partes interesadas como la postergada atención de una apremiante necesidad nacional o la pieza que faltaba en la madurez de nuestro entorno digital. Personalmente, creo que esta decisión no es ni lo uno ni lo otro. No obstante, vale la oportunidad para reflexionar sobre lo que significa esta noticia y lo que estas reacciones nos dicen sobre la madurez del debate nacional acerca de la lucha contra los delitos informáticos en Perú.

Podría pensarse que Perú llega tarde con su adhesión a una Convención aprobada en el año 2001. En realidad, al tratarse de un acuerdo del Consejo de Europa, fue inicialmente negociado y firmado exclusivamente por estados europeos y algunos invitados como Estados Unidos y Canadá. Casi dos décadas después, menos del 15% de naciones que no pertenecen al Consejo de Europa han decidido adherirse a él. De hecho, en nuestra región, solo algunas lo han hecho y muy recientemente: Argentina (2018), Chile (2017), y Paraguay (2018). México y Colombia, aunque invitados ya, están todavía tramitando su adhesión. Por tanto, realmente Perú no llega tarde a la firma de este acuerdo cuya suscripción fuera de Europa parece más bien la excepción y no la regla.

La pregunta sobre si valía la pena adherirse al Convenio es compleja y ya varios la han intentado responder (incluyendo mis colegas Carlos Guerrero y Martín Borgioli en un informe que publicamos el año pasado). Es innegable que todo estado moderno necesita de reglas penales para perseguir y castigar ciertos actos ilícitos cuando se cometen a través de medios tecnológicos. Sin embargo, el esfuerzo de sumarse al estándar del Consejo de Europa parece importar más por lo formal que por lo sustantivo. Es decir, más que alentarnos a crear nuevos delitos (que ya teníamos) el Convenio ratifica que el marco legal de nuestro país se ajusta al estándar común entre los miembros. Esto habilita que peruanos que cometen delitos informáticos puedan ser juzgados en el extranjero o que extranjeros puedan serlo en Perú, siempre que sus países también hayan suscrito el Convenio. Eso es, en síntesis, lo que nuestro país ha obtenido tras la adhesión.

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Convenio de Budapest espera (otra vez) para ser aprobado en el Congreso

Dicen que a la tercera es la vencida o al menos eso debe esperar el Poder Ejecutivo, que el 4 de mayo presentó nuevamente un Proyecto de Resolución Legislativa (PDF) dirigido a la Comisión de Relaciones Exteriores del Congreso con el fin de que se ratifique la Convención sobre Cibercriminalidad (mejor conocida como el Convenio de Budapest). La ratificación de este Convenio, que viene siendo impulsado desde hace varios años, ha sufrido todo tipo de retrasos e inconvenientes, que esta vez parecen haber sido superados.

Para quienes no lo conocen, el Convenio de Budapest es el primer tratado en el mundo que busca crear un marco comprensivo de acción contra los delitos informáticos a través de tres líneas de trabajo: (1) la creación de un marco penal común, (2) la estandarización de procesos de investigación, y, (3) el fortalecimiento de la cooperación internacional. Creado y aprobado en el seno del Consejo de Europa, ha sido suscrito también por países de diferentes regiones que buscan fortalecer su lucha contra estos delitos.

Perú, como otros países de Latinoamérica, ha visto crecer en los últimos años los delitos cometidos a través de tecnologías de la información y la comunicación. Ante su avance, se han ensayado diferentes respuestas, entre ellas la creación de normas específicas de delitos informáticos, la institucionalización de unidades de respuesta y la aplicación de un marco legal que proteja al Estado y a sus ciudadanos de las amenazas presentes en el ciberespacio. En ese contexto, la adhesión al Convenio de Budapest se vió como un paso más dentro de estos esfuerzos.

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El desembarco de la Convención sobre Ciberdelincuencia de Budapest en Perú

El día 28 de setiembre del año pasado, el Poder Ejecutivo de Perú remitió al Congreso de la República los documentos relacionados al Convenio de Budapest con el fin de que sean revisados y puestos en agenda para su ratificación. A inicios de junio, esta iniciativa recibió el Dictamen favorable de la Comisión de Relaciones Exteriores y actualmente se encuentra pendiente de debate en el Pleno del Congreso.

Esta adhesión, que viene gestándose desde hace varios años, concluye el largo camino que recorre el país en materia de seguridad digital e impulsa otra agenda pendiente: la creación de un Plan Nacional de Ciberseguridad. Pero, ¿qué es este convenio y por qué es importante para nuestro país?

Antecedentes

A inicios de los años 90, diferentes voces en múltiples espacios de discusión internacional comenzaron a reclamar atención sobre la necesidad de encarar conjuntamente los problemas derivados del uso de las tecnologías de información y comunicación. Sobre todo en los países desarrollados, en donde estas tecnologías habían alcanzado un grado mayor de avance y penetración, el abuso por parte de los usuarios producía efectos negativos cada vez más relevantes para la economía y la sociedad.

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Hiperderecho envió al Congreso comentarios sobre Proyecto de Ley que quiere aumentar las penas por discriminación en Internet

Hace unos meses se presentó en el Congreso el Proyecto de Ley N° 1598/2016-CR que propone modificar el artículo 323 del Código Penal, el cual tipifica el delito de discriminación. El objetivo es incluir nuevos supuestos de hecho a los ya existentes y aumentar las penas con el objetivo de que, en sus modalidades agravadas, la discriminación pueda ser castigada con prisión efectiva. Su impulsor principal, el congresista César Segura (Fuerza Popular, Ica), afirma que esto es necesario para combatir este grave mal que afecta a la sociedad peruana.

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Hiperderecho envió al Congreso comentarios sobre el Proyecto de Ley que quiere penalizar el porno venganza

El Proyecto de Ley No. 1669/2016-CR que propone crear el delito de difusión de material íntimo de manera no consentida sigue en trámite en el Congreso. Fue presentado en julio por el congresista José Marvin Palma (Fuerza Popular, Lambayeque) y actualmente se encuentra en estudio en la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

Estas prácticas son una forma de violencia de género y, como tales, representan problema social que difícilmente va a terminarse con una nueva ley. Sin embargo, es importante que las víctimas de estas prácticas no sean ignoradas por las autoridades y tengan recursos legales accesibles para mitigar los daños que estas prácticas generan. Este Proyecto de Ley busca convertir en un delito independiente la difusión de fotografías o videos que violen la intimidad de una persona sin su consentimiento. Según la redacción propuesta, este delito solo lo podrá cometer quien (i) tiene una relación íntima o de confianza con la víctima; y, (ii) amenaza con o difunde material audiovisual con contenido sexual de la víctima.

Hace un par de meses escribimos sobre este proyecto, saludando sus intenciones pero también destacando la necesidad de que se corrijan aspectos importantes. El mes pasado presentamos formalmente nuestros comentarios a la Comisión, señalando los puntos pendientes de ser justificados y también llamando la atención sobre lo que tiene que modificarse.

El sentido de nuestro aporte es asegurarnos que no se penalicen conductas inocuas, que no se castigue el uso de la tecnología en sí misma y que el nuevo tipo penal sea consistente con otros delitos como el de violación de la intimidad o las vías alternativas como la responsabilidad civil extracontractual. De la misma manera, llamamos la atención sobre la necesidad de que se recojan estadísticas y se consulte a otras autoridades sobre cómo han venido lidiando con estos problemas. Solo de esta manera podrá tenerse una perspectiva clara y crearse un mecanismo legal efectivo para castigar estas conductas.

Descarga: Comentarios de Hiperderecho al Proyecto de Ley No. 1669/2016-CR

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