El Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública concluyó hace unas semanas que la información relativa a la ubicación de cámaras de videovigilancia y de dispositivos electrónicos de identificación de placas vehiculares (así como sus detalles técnicos) es información pública, al ser relativa a la gestión municipal y que las cámaras son plenamente visibles al estar en espacios públicos.
Qué se solicitó
En Hiperderecho ya comunicamos sobre las implicancias que tienen las políticas de videovigilancia urbana en los derechos de los ciudadanos y ciudadanas. En este sentido, en el marco de nuestro proyecto Vigilancia en el espacio público, hemos realizado una serie de solicitudes de acceso a la información pública dirigidas a las municipalidades distritales de Lima Metropolitana.
El contenido de dichas solicitudes era, básicamente:
- Ubicación de las cámaras de videovigilancia de titularidad de la municipalidad ubicadas en espacios públicos.
- Ubicación de los dispositivos electrónicos de identificación de placas de vehículos automotores de titularidad de la municipalidad en espacios públicos.
- Sus características técnicas.
- Informes, memorándums, contratos o cualquier otro documento referido a la instalación de estos.
Director Ejecutivo
Abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú.