Hacia una Ley Modelo para enfrentar la violencia de género en línea: una propuesta interamericana

Nos acercamos al trigésimo aniversario de la Convención Belém do Pará: la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer. Adoptado en 1994, este tratado internacional fue el primero en abordar la violencia contra la mujer, y supuso una ola de cambios importantes para las legislaciones y decisiones jurisdiccionales en nuestros países. Se trata de un instrumento histórico que establece el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia en los ámbitos público y privado, y cuya definición de “violencia contra la mujer” ha sido referenciada en muchos otros documentos a nivel normativo y de política pública.

Sin embargo, a pesar de las modificaciones normativas, la respuesta institucional del Estado se ve superada por el continuum de violencia: las mujeres se enfrentan a la violencia de manera circular y transversal a sus vidas, con distintas formas de agresiones que se entretejen y alimentan entre sí. En ese contexto histórico, las tecnologías de la información y las comunicaciones se alzan no solo como una herramienta de transformación, sino como un nuevo espacio en el que tiene lugar el acoso, el silenciamiento y la hostilidad contra las mujeres.

Debido a que en muchos países no se cuenta con mecanismos legales o de política pública que aborden esta realidad, el Mecanismo de Seguimiento de la Convención Belém do Pará (MESECVI) está promoviendo la elaboración de una Ley Modelo Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia de género contra las mujeres facilitada por las tecnologías. Hiperderecho participó del primer evento regional dirigido a discutir las herramientas y lagunas por abordar para acercarnos a esta Ley Modelo, el cual tuvo lugar en la sede de la Organización de Estados Americanos (Washington, D.C.) los días 30 de noviembre y 1 de diciembre. 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Lucía León, Directora de Investigación de Hiperderecho, en la mesa de cierre “Lagunas y desafíos en la regulación de la legislación y la erradicación de los estereotipos la violencia de género facilitada por las tecnologías en América Latina y el Caribe” (1 de diciembre).

¿Por qué una Ley Modelo?

En el Derecho Internacional y el Derecho Comparado, no son raras las referencias a leyes modelo. No todos los asuntos ameritan la celebración de tratados internacionales (o, en ocasiones, puede ser demasiado complejo negociar un texto): muchas veces, los Estados necesitan guía para hacer adecuaciones legislativas en su Derecho Interno. Con el fin de tener legislaciones armónicas y de superar la brecha técnica y de capacidades al interior de un Estado, los organismos internacionales suelen convocar a personas expertas, tanto de los gobiernos como de otros sectores, para elaborar leyes modelo. Estos documentos son una pauta normativa que parlamentarios y otros sectores pueden utilizar para sugerir cambios en la legislación de sus países.

A nivel interamericano, existen algunos ejemplos como la Ley Modelo sobre Acceso a la Información Pública o la Ley Modelo para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Muerte Violenta de Mujeres y Niñas. Sin embargo, también se usan fuera del Sistema (e, incluso, del Derecho Internacional de los Derechos Humanos): por ejemplo, la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional ha aprobado documentos como la Ley Modelo de Comercio Electrónico o la Ley Modelo de Arbitraje Internacional.

Aprendizajes y lecciones comunes

El evento fue una ocasión relevante para renovar el interés de los países, activistas y representantes de la sociedad civil en abordar institucionalmente la violencia de género en línea y pensar en los mejores mecanismos para prevenirla, sancionarla y erradicarla. A lo largo de las distintas mesas de discusión, se exploraron varias ideas provenientes de los aprendizajes nacionales y regionales de las y los expertos: 

  • La tecnología no es neutral ni es un ambiente disociado del resto de nuestras vidas. La sociedad interactúa también en línea, y, por lo tanto, despliega sus sistemas de opresión, sesgos y relaciones de poder también allí.
  • La violencia de género en línea es un tipo real de violencia, e ilustra muy bien su continuum: las mujeres que atraviesan violencia de género en línea no solo están expuestas a otro tipo de violencias físicas, sino que también son victimizadas al intentar denunciar, al buscar conseguir empleo, al acceder a la educación, etc.
  • El Estado y las plataformas tienen responsabilidad en la circulación de violencia y discursos de odio en línea. Ninguno debería abandonarla.
  • La alfabetización digital y el despliegue de estrategias de seguridad digital son esenciales para que mujeres y niñas estén más seguras en línea. 
  • Cualquier intervención debe tener en cuenta un enfoque de interseccionalidad: personas con discapacidad, activistas por el territorio, niñas, migrantes, etc., son múltiplemente violentadas cuando no pueden ejercer sus derechos en Internet.

Desde Hiperderecho, mostramos algunas preocupaciones en materia legislativa y judicial que hemos identificado en Después de la Ley. En ese sentido, compartimos las dificultades ocasionadas por la tipificación del delito de difusión de imágenes íntimas sin consentimiento como uno de persecución privada, a la vez que precisamos la ausencia de un enfoque digital en las políticas y normas que buscan combatir la violencia de género.

También señalamos la necesidad de delimitar mejor el problema para poder intervenirlo: es crucial contar con mejores datos a partir de una mejor construcción de variables e indicadores, para poder comprender mejor cómo se manifiesta la violencia de género en línea y cuál es su relación con otros tipos de violencia. Siguiendo la idea del continuum de violencia, creemos que no se tratan de tipos de violencia excluyentes entre sí: todos se relacionan y entrecruzan, causando revictimización y perpetuando el ciclo.

Finalmente, creemos importante no perder de vista qué garantías es importante conservar. La libertad de expresión y la privacidad en línea son fundamentales para que las mujeres puedan seguir existiendo y resistiendo en Internet, de la mano con sus territorios, comunidades y generaciones. En ese sentido, ninguna propuesta orientada a reducir la violencia o hacer “más fácil” su investigación debería poner en riesgo la seguridad de las mujeres.

Próximos pasos

Posteriormente, MESECVI realizará consultas a nivel regional con personas expertas para dar paso al primer borrador del texto de la Ley Modelo. En el camino, será crucial contar con la participación de organizaciones y activistas trabajando para combatir la violencia de género en línea.

Si te interesan estas y otras discusiones sobre la erradicación de la violencia contra la mujer a nivel interamericano, puedes seguir las cuentas del MESECVI y de la Comisión Interamericana de Mujeres. Si deseas conocer en detalle el contenido del evento, puedes revisar las transmisiones en vivo del 30 de noviembre y 1 de diciembre.

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