Hace un mes se aprobó por fin el Reglamento de Neutralidad de la Red en el Perú. Esta Resolución de OSIPTEL pone fin a un proceso regulatorio de casi cinco años, que empezó cuando el Congreso aprobó la Ley de Banda Ancha en el 2012. Más que una redefinición de lo que se entiendía por Neutralidad de Red, OSIPTEL se ha limitado a delimitar cuál será su rol al momento de supervisar las prácticas de gestión de red que implementen los operadores.
Neutralidad a la Peruana
Esta norma establece el margen que tienen las empresas que prestan el servicio de acceso a Internet para diseñar y operar sus servicios finales cuando implique el trato preferente o la discriminación de algún tipo de protocolo, aplicación o servicio. En otras palabras, determina condiciones básicas para que ninguna aplicación como Skype o Netflix sea discriminada arbitrariamente por un proveedor de conexión como Claro o Movistar.
El Reglamento publicado por OSIPTEL instrumentaliza cambios legislativos que existen en nuestras leyes desde el 2012, cuando el Congreso aprobó la Ley No. 29904, Ley de la Red Dorsal de Fibra Óptica. Luego de publicarse su Reglamento en el año 2013, solo faltaba que OSIPTEL determine qué prácticas de gestión de red pasarían a ser consideradas arbitrarias o no y bajo qué criterios.
Ex Director de Políticas Públicas (2013-2020)
Bachiller en Derecho por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos.