Esta semana un grupo de 27 de las más importantes organizaciones de derechos humanos y tecnología del mundo ha enviado una Carta al Congreso de la República expresando su malestar respecto del Decreto Legislativo 1182 y su preocupación por la forma en la que amenaza la privacidad de todos los peruanos y extranjeros residentes en Perú. La carta con las firmas de Access International, Electronic Frontier Foundation, Privacy International, La Quadrature du Net, la Asociación para el Progreso de las Comunicaciones, entre otras, será enviada a los despachos de todos los integrantes de la Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso.
Comunicado de Organizaciones de la Sociedad Civil sobre medidas de vigilancia en Perú
Los aquí firmantes, individuos y organizaciones internacionales dedicados a la defensa de los derechos humanos en internet queremos expresar nuestra profunda preocupación por el Decreto Legislativo 1182 emitido a finales de Julio por la Presidencia del Perú, que habilita herramientas de vigilancia estatal de manera incompatible con estándares internacionales de Derechos Humanos.
El mencionado ordenamiento establece dos obligaciones para los proveedores de telecomunicaciones en Perú (telefonía fija y móvil, internet, etc.) En primer lugar, les ordena proveer a la Policía Nacional información de geolocalización al instante sobre cualquier usuario en casos de delitos flagrantes, sin mediar orden judicial previa. En segundo lugar, obliga a los proveedores de Internet y telefonía a conservar datos de tráfico de telecomunicaciones por 3 años.
Ambas medidas resultan ilegales por apartarse de los estándares internacionales de Derechos Humanos que están presentes en tratados internacionales a los que Perú ha suscrito. En particular, las medidas de vigilancia sin orden judicial previa (que incluye la información de ubicación de un dispositivo) no refleja el requisito básico del derecho internacional de los derechos humanos de que el uso legítimo de las facultades de vigilancia de los funcionarios debe contar un seguimiento independiente con estrictas salvaguardas contra el abuso.[1]
Las limitaciones al derecho a la privacidad, como regla, sólo deberían ordenarse después de un examen exhaustivo de criterios de legalidad, necesidad y proporcionalidad por parte de un juez competente.[2] Además, la obligación impuesta por el Estado a los proveedores de telecomunicaciones de conservar datos de tráfico de todos los habitantes del Perú por 3 años también lesiona el derecho a la privacidad, libertad de expresión y protección de los datos personales al ser medidas desproporcionadas e innecesarias en una sociedad democrática.
Comprendemos que la lucha contra el crimen organizado es una de las prioridades que el Estado debe atender como garante de los derechos constitucionales de los ciudadanos. Pero los medios que arbitre a tal fin deben estar informados también por garantías constitucionales que limiten los abusos de poder en los que el gobierno o sus agentes pudieran caer. En tal sentido, recordamos que el ordenamiento internacional de los Derechos Humanos establece que las medidas de vigilancia deben estar precedidas por un juicio de necesidad y proporcionalidad, en razón de su carácter invasivo a la privacidad de las personas. Para ser proporcional, la vigilancia debe limitarse a delitos graves y ser utilizada sólo cuando otras vías menos lesivas de investigación han sido agotadas o resulten inútiles.[3]
En virtud de lo expuesto, solicitamos que la Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso del Perú rechace de plano el Decreto Legislativo 1182 y que los tres poderes del Estado Peruano redoblen sus esfuerzos para el control de la legalidad y la adecuación a estándares internacionales de Derechos Humanos de las medidas de vigilancia que se implementen o hayan implementado en el territorio peruano.
Acceso Libre (Venezuela)
Access (Global)
ACI-Participa (Honduras)
Asociación para el Progreso de las Comunicaciones – APC (Global)
Asociación por los Derechos Civiles (Argentina)
Asociación Trinidad / Radio Viva (Paraguay)
Associated Whistleblowing Press (Global)
Australian Privacy Foundation (Australia)
Colectivo Actantes (Brazil)
Colnodo (Colombia)
Conectas Direitos Humanos (Global)
Cooperativa Tecnológica Primero de Mayo/ Enlace Popular (México)
DATA (Uruguay)
Derechos Digitales (América Latina)
Electronic Frontier Foundation (Global)
Fundación Karisma (Colombia)
Fundación Redes Para el Desarrollo Sostenible – REDES (Bolivia)
Instituto Beta Para Internet e Democracia – IBIDEM (Brasil)
Instituto Demos (Guatemala)
Instituto Panameño de Derecho y Nuevas Tecnologías – IPANDETEC (Panamá)
La Quadrature du Net (Europa)
Nodo TAU (Argentina)
Open Net Korea (Corea del Sur)
Privacy International (Global)
Sursiendo, Comunicación y Cultura Digital (México)
TEDIC (Paraguay)
Usuarios Digitales (Ecuador)
- Ver Análisis Jurídico Internacional de Apoyo y Antecedentes a Los Principios Internacionales sobre la Aplicación de los Derechos Humanos a la Vigilancia de las Comunicaciones ↩
- Ver Guía de Implementación de los Principios Internacionales sobre la Aplicación de los Derechos Humanos a la Vigilancia de las Comunicaciones ↩
- Ver Principios Internacionales sobre la Aplicación de los Derechos Humanos a la Vigilancia de las Comunicaciones ↩
Somos una organización sin fines de lucro que cree que la tecnología es una herramienta de liberación social y trabaja para defenderla de cualquiera que la ponga en riesgo.
La industria de las comunicaciones , debido a su utilidad para el Gobierno , Finanzas, recopilación de inteligencia y guerra , esta realmente en la posición en la que es ta fuera de la capacidad de cualquier persona de ‘poder controlarla , en lo que respecta al avance de la tecnología.
En USA no solamente se violan los derechos humanos en cuanto a la privacidad sino que tambien se utilisan ciertas technologias en forma secreta para torturar fisica y sicologicamente a decenas de miles de inocentes civiles como parte de un experimento o simplemente el gusto de sicopatas. En el Peru tambien se dara esto , si no se detiene a tiempo.