Bajada de contenidos por derechos de autor

Cada vez es más común encontrar en Internet diferentes mecanismos de bajada de contenido automáticos, debido principalmente a las normas de protección de los derechos de autor

1. ¿En qué consiste?

Una de las principales razones del crecimiento y expansión de Internet se debe a la facilidad y el bajo costo de innovar y ofrecer nuevos productos y servicios a través de esta tecnología. No obstante, esto hace que también sea relativamente fácil que como producto de las actividades en línea se causen daños a terceros. Tal vez uno de elementos más vulnerables en Internet son los contenidos protegidos por derechos de autor.

Los mecanismos de bajada de contenidos por derechos de autor, son herramientas que permiten solicitar la eliminación de contenidos de forma rápida e incluso automática, a sola petición del presunto afectado. A diferencia de los filtros y los bloqueos de Internet, que suelen requerir leyes específicas u órdenes judiciales y operan siempre ex post; los mecanismos de bajada están concebidos para ser utilizados como instrumentos de censura previa.

Estos mecanismos tienen su origen en diferentes tratados internacionales en materia de derechos de autor. Uno de los más antiguos es la Digital Millennium Copyright Act (DMCA), una norma en Estados Unidos promulgada en 1996 que estableció que los intermediarios que faciliten la violación de derechos de autor también pueden ser responsables también por la comisión de estos delitos. En Europa también se adoptó en 2001 una Directiva sobre derechos de autor, pero que no logró ser armonizada de forma eficiente entre todos los miembros de la Unión.

Una de las consecuencias más tangibles de estos mecanismos es que se asientan sobre exigencias muy generales sobre derechos de autor, lo que incrementa considerablemente el riesgo para las plataformas de Internet, que suelen tomar la decisión de restringir la forma en que sus usuarios las utilizan, para no ser penalizadas. Si bien existe un legítimo interés en proteger los derechos de autor, la forma en que funcionan estos mecanismos se presta para usos perversos e incluso para bloquear la competencia en el mercado o recortar la libertad de expresión.

Recientemente en Europa se ha buscado extender el alcance de estos mecanismos, ya no solo para bloquear contenido visual como texto, videos o audios, sino también facilitar a los propietarios de derechos de autor, específicamente los editores, el cobro de “impuestos por enlazar” su contenido, es decir; solicitar un cobro por el uso de hipervínculos. Además, en el caso de las grandes empresas como Youtube o Facebook, se les exigiría también revisar todo el contenido antes de que se suba a sus servidores para detectar posibles infracciones.

2. ¿Cómo impacta a Internet?

Los mecanismos de bajada de contenidos afectan principalmente la capa de contenidos de Internet en diferentes formas y su impacto no solo se extiende a las grandes plataformas, sino también a otros intermediarios como las compañías de telecomunicación y también a los usuarios. Sin embargo, como tecnología en sí misma, la estructura física y lógica de Internet no se ve afectada en la medida que los mecanismos no incluyan la realización de bloqueos a nivel de servidor o de DNS, lo que puede interrumpir el correcto funcionamiento de su arquitectura.

3. ¿Cómo impacta a los usuarios?

Los usuarios son los más afectados por la existencia de mecanismos de bajada por infracciones a los derechos de autor. Estos son algunas de las principales afectaciones:

a) Amenaza principios de Internet como el de neutralidad de red

Internet fue creciendo en base a una serie de principios que determinaron su estructura y alcance global. Entre ellos, el de neutralidad de red, que aboga por una red en la que no se discrimine el contenido que existe, independientemente de su origen, destino, etcétera. La posibilidad de establecer mecanismos de bajada o bloqueo ex ante puede generar situaciones en las que empresas que brindan el servicio de acceso a Internet tengan que bloquear o degradar el tráfico por el incumplimiento de una plataforma de hacer control previo sobre lo que sus usuarios suben a sus servidores.

b) Genera distorsiones en el mercado

Está probado que ciertas plataformas de Internet han empleado los tratados de derechos autor y sus mecanismos de ejecución como la DMCA para evitar la competencia. Para ello, han empleado el argumento de que cualquier modificación en productos u obras protegidas contraviene dichas normas y así han impedido la innovación o el surgimiento de competidores, muchas veces de mala fe.

c) Puede ser empleado para limitar la libertad de expresión

Los mecanismos automáticos de bajada de contenidos muchas veces pueden ser invocados de mala fe o contra el uso legítimo de contenido protegido por derecho de autor. Por ejemplo, en 2013 Youtube dio de baja un documental de un activista que criticaba al entonces gobierno del presidente Rafael Correa. ¿El motivo? Durante el video, se reproducen algunos segundos de un reportaje en donde Correa hace una declaración. Quienes denunciaron el video, apelaron a la DMCA para darle de baja. Está demás decir que la ausencia de contenidos por estos motivos afecta gravemente otros derechos como la libertad de pensamiento, de libre circulación de la información, etc.

4. ¿Dónde ocurre?

Si bien estos mecanismos están implementados principalmente en Estados Unidos y la Unión Europea, el hecho de que las plataformas tecnológicas más grandes se ubiquen allí hacen que la afectación sea global. No importa donde se encuentre un usuario, si utiliza Youtube, Google, Facebook, Twitter o cualquier otra plataforma basada en estos lugares, ya está sujeto a la aplicación de estos mecanismos.

5. ¿Ocurre en el Perú?

Sí. Como decíamos, en Perú dichos mecanismos también actúan respecto de ciertos contenidos. Pero sumado a ello, tenemos una amenaza local de mecanismos de bajada no por decisión unilateral de las empresas de plataformas sino por órdenes de Indecopi, la entidad encargada de velar por la competencia y la protección de los derechos de autor. Un caso famoso es el de The Pirate Bay, en el cual dicha entidad ordenó preventivamente la cancelación del registro de su nombre de dominio (.pe) a la Red Científica Peruana por reconocerla como un sitio que violaba derechos de autor, pese a que no existían reclamos o la orden de un juez. La orden fue finalmente revertida en segunda instancia porque nunca se inició un procedimiento principal por infracción a los derechos de autor contra The Pirate Bay.

Otros casos locales son los bloqueos, también liderados por Indecopi, de sitios de streaming que violan derechos de transmisión como las páginas Roja Directa, Vivo en Fútbol, A Puro Gol, Futbol en Vivo Total, Canal en Vivo Gratis, tc. Si bien en este caso el bloqueo se hizo ex post, no existieron garantías para que los titulares de estos sitios se defiendan. Es más, no existió proceso alguno, sino una suerte de fast track, similar al de los mecanismos de bajada de contenidos de la DMCA.

6. Saber más

Esta entrada es parte de nuestra serie especial Internet Somos Todas, un vistazo a las principales tendencias regulatorias globales que pueden poner en riesgo Internet como lo conocemos.

Foto: Veeterzy para Unsplash

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