Categoría: Privacidad/Datos Personales

¡Chuponeo a toda máquina!: la revisión de celulares y laptops ya no requiere orden judicial

El pasado 20 de enero el Ejecutivo publicó el Decreto Legislativo que modificó el Código Procesal Penal, a fin de eliminar el requisito de revisión de celulares y laptops sin orden judicial en dos supuestos. Primero, en caso de flagrancia delictiva para tres delitos: extorsión, sicariato y secuestro; y, segundo, en casos de equipos detectados al interior de los establecimientos penitenciarios. Si bien la finalidad clara de esta medida es la seguridad ciudadana, no es menos cierto que disminuir garantías de debido proceso abre la puerta a un problema igual de preocupante: el aumento de los poderes y facultades intrusivas, de vigilancia y control en las libertades sin mayor rendición de cuentas o control ciudadano.

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¿Transparencia o sobreexposición? El padrón electoral desde la protección de datos y privacy by design

En Hiperderecho ya habíamos hecho un primer acercamiento a este tema en Democracia y Datos —un proyecto donde analizamos el proceso electoral peruano desde la perspectiva de protección de datos personales— y explicamos por qué el padrón electoral es la base de datos más importante de todo el proceso electoral y, al mismo tiempo, una de las más sensibles. Allí argumentamos que cualquier decisión sobre su publicación debe partir de un principio claro: la protección de datos personales no es opcional; es una condición para la legitimidad democrática.

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Bloqueo, doxeo y terruqueo: la repotenciada cara de la represión digital en el Perú

En los últimos días, activistas, estudiantes, dirigentes sociales y defensores de derechos humanos han sido víctimas de un alarmante patrón de ataques digitales: el bloqueo fraudulento de sus líneas móviles y la difusión masiva de sus datos personales —incluso de familiares suyos— en redes sociales, en el marco de una campaña coordinada de terruqueo. Esta última práctica no es un hecho aislado: forma parte de un ecosistema de vigilancia y hostigamiento que se profundiza en contextos de protesta social.

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Vigilados en Secreto: lo que el Estado no quiere que sepas sobre la “seguridad nacional”

En el Perú, basta con invocar la seguridad nacional para salir del escrutinio público: es un concepto tan amplio y poco definido que puede usarse para justificar desde la negativa a entregar información pública hasta la ampliación de facultades de vigilancia estatal. Pero ¿qué ocurre cuando esta falta de precisión erosiona la transparencia y pone en riesgo nuestros derechos fundamentales?

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Tasa “Netflix”: ¿Recaudación justificada o potencial vigilancia?

Autores: Rubiela Gaspar y Dilmar Villena

El domingo 4 de agosto se aprobó el Decreto Legislativo N°1623, el cual modifica la Ley de Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo, con la finalidad de extender la aplicación del 18% a los servicios digitales e importación de bienes intangibles a través de internet. De acuerdo con este Decreto, los agentes de retención o percepción; es decir los sujetos no domiciliados en el Perú, empezarán a efectuar la retención o percepción del IGV a partir del 1 de octubre de 2024.

Esta medida afectaría a cientos de servicios digitales (de streaming, aplicaciones de taxis, plataformas de cursos, aplicaciones de citas, plataformas de almacenamiento de archivos, y más), así como algunas funciones de pago para bienes intangibles (por ejemplo funciones de Zoom premium, funciones de Whatsapp empresas, Facebook Ads, entre otros). 

A días de su publicación, existen diversas críticas sobre la norma, que abarcan desde cuestionamientos sobre el fondo (la falta de claridad de algunos términos, de las obligaciones y los sujetos obligados, y la desproporcionalidad de la medida), cuestionamientos sobre su ejecución (impacto sobre los datos personales, nuevas cargas económicas y administrativas, impacto en la economía digital), e inclusive sobre su proceso de formulación (ausencia de participación multisectorial). A continuación abordaremos algunas de las principales críticas. Leer más

¿Registrar celulares para evitar los robos? Una medida destinada al fracaso

A partir del 22 de julio de este año, OSIPTEL comenzará a bloquear los equipos terminales móviles que, habiéndose adquirido con posterioridad al 22 de abril de este año, no se encuentren registrados. Esta medida de registro obligatorio bajo sanción de bloqueo se enmarca en la tercera etapa de ejecución del Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la Seguridad (RENTESEG), creado el 2017 a iniciativa del Ejecutivo y reglamentado por el Ministerio del Interior

El objetivo del RENTESEG es desincentivar y combatir la comercialización de celulares robados o de dudosa procedencia en el mercado peruano. Para lo cual, se propone identificar a los celulares a través de su IMEI (el DNI universal de todo celular, que consiste en una serie de 15 dígitos que vienen determinados de fábrica). A continuación explicaremos porque esta medida está destinada al fracaso y no permite alcanzar el objetivo de reducir el robo de celulares, sino que, por el contrario, crea una serie de problemas adicionales. Leer más

¿Derecho al olvido? 5 pasos para su regulación

El pasado 15 de abril sesionó la Mesa de Trabajo sobre el derecho al olvido en la sede del Parlamento Andino, en la cual se expuso y discutió un borrador del Proyecto de Marco Normativo sobre el Derecho al Olvido Digital. 

Desde Hiperderecho, Dilmar Villena, nuestro Director Ejecutivo, participó en la mesa de diálogo. Asimismo, a solicitud del Parlamento Andino, enviamos el viernes 19 de abril  nuestros comentarios sobre el Proyecto.  A raíz del citado evento y atendiendo a las reflexiones vertidas, a continuación enunciamos algunas recomendaciones a tener en cuenta al momento de regular el derecho al olvido. 

Definir el derecho al olvido

Los proyectos que se han planteado sobre derecho al olvido en el Perú, como el citado Proyecto del Parlamento Andino o el Proyecto de Ley 4708-2022/CR, tienen como base el Expediente 03041-2021-PHD (Miguel Arévalo Ramírez vs. Google y otros). En este, el Tribunal Constitucional define principalmente el derecho al olvido como aquel que garantiza la eliminación, supresión o retiro de información relacionada con datos personales que es posible hallar usando motores de búsqueda o sistemas informáticos.  Leer más

Diálogos por la protección de datos personales: La Red Iberoamericana en Lima

El pasado 1, 2 y 3 de abril se llevó a cabo en Lima un nuevo encuentro de los grupos de trabajo de la Red Iberoamericana de Protección de Datos Personales (RIPD), con el objetivo de promover una agenda de trabajo conjunta, así como una convergencia regulatoria en la región iberoamericana, en favor de la protección de datos personales.

¿Qué es la Red Iberoamericana de Protección de Datos Personales?

La RIPD surge en junio de 2003 como un foro de diálogo para integrantes del sector privado y público, compuesto por entidades estatales de protección de datos personales y organizaciones internacionales, El objetivo de la Red es, por un lado, convertirse en un espacio de debate regional permanente, de encuentro anual. Y, por otro lado, promover desarrollos normativos necesarios para garantizar una regulación avanzada del derecho fundamental a la protección de datos personales. Leer más

Identidad digital y apatridia: ¿cuáles son los puntos en común?

vivir / después de todo

no es tan fundamental

lo importante es que alguien

debidamente autorizado

certifique que uno

probadamente existe

—Mario Benedetti

La Conferencia Mundial sobre Apatridia: ¿por qué fuimos parte?

La semana pasada, en Kuala Lumpur, Malasia, tuvo lugar la Conferencia Mundial sobre Apatridia 2024 (World Conference on Statelessness), el evento más grande del mundo en abarcar este tema y congregar a múltiples partes interesadas. Para organizaciones como Hiperderecho, que trabajamos sostenidamente en el ejercicio de derechos humanos en entornos digitales, hablar de apatridia puede resultar nuevo: sin embargo, no es un asunto lejano ni a los derechos humanos en general ni a la identidad digital en particular. Leer más

OSIPTEL puede acceder a nuestros datos georreferenciados

En julio de 2021, Osiptel aprobó la Norma Técnica relativa a la implementación del sistema de medición automatizado para verificación del servicio de acceso a internet por parte de Osiptel —la cual fue modificada en junio de 2023—. En ella, Osiptel detalla los aspectos técnicos que las empresas operadoras que prestan el servicio de acceso a Internet deben implementar para que Osiptel pueda desplegar un sistema automatizado que mida la calidad del servicio de Internet fijo y móvil que dichas empresas brindan. Entre otros, el sistema mide indicadores de calidad y pretende verificar el cumplimiento de la velocidad mínima garantizada (VMG) que, con la promulgación de la Ley 31207, es el 70% de la velocidad ofrecida en los planes contratados.

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