Autor: Carlos Guerrero

Ex Director de Políticas Públicas (2013-2020)

Bachiller en Derecho por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos.

Se admite a trámite Acción Popular de Hiperderecho contra secretismo de correos electrónicos de funcionarios

Hace varios meses, Hiperderecho presentó ante el Poder Judicial una demanda de Acción Popular contra el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1353, que crea la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Como ya lo habíamos mencionado a finales del año pasado, parte del contenido de este Reglamento creaba ilegalmente una nueva excepción al acceso a la información pública, afectando la transparencia y los derechos de todos los ciudadanos a conocer y fiscalizar la actividad del Estado. Hace unas semanas fuimos notificados con la resolución que admite a trámite nuestra demanda en la Primera Sala especializada en lo Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima.

No se trata de que todos los correos de los funcionarios se declaren de acceso público, sino que su publicidad siga estando sujeta a un análisis de caso por caso (y solo limitada cuando comprometa su intimidad). Es decir, si un funcionario se comunica con otro para contarle un problema familiar, esa información debería de mantenerse en reserva. No obstante, si el mismo funcionario se comunica por la misma vía con otro para informarle de una reunión sobre un proyecto o darle parte de un suceso, no hay ninguna razón para no considerarla información pública.

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El desembarco de la Convención sobre Ciberdelincuencia de Budapest en Perú

El día 28 de setiembre del año pasado, el Poder Ejecutivo de Perú remitió al Congreso de la República los documentos relacionados al Convenio de Budapest con el fin de que sean revisados y puestos en agenda para su ratificación. A inicios de junio, esta iniciativa recibió el Dictamen favorable de la Comisión de Relaciones Exteriores y actualmente se encuentra pendiente de debate en el Pleno del Congreso.

Esta adhesión, que viene gestándose desde hace varios años, concluye el largo camino que recorre el país en materia de seguridad digital e impulsa otra agenda pendiente: la creación de un Plan Nacional de Ciberseguridad. Pero, ¿qué es este convenio y por qué es importante para nuestro país?

Antecedentes

A inicios de los años 90, diferentes voces en múltiples espacios de discusión internacional comenzaron a reclamar atención sobre la necesidad de encarar conjuntamente los problemas derivados del uso de las tecnologías de información y comunicación. Sobre todo en los países desarrollados, en donde estas tecnologías habían alcanzado un grado mayor de avance y penetración, el abuso por parte de los usuarios producía efectos negativos cada vez más relevantes para la economía y la sociedad.

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Mincetur busca prohibir que peruanos alquilen sus viviendas a través de Airbnb

El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR) publicó para comentarios el mes pasado una propuesta de nuevo Reglamento de Establecimientos de Hospedaje. Esta norma actualiza el actual Reglamento del 2015 y tiene como propósito señalar la categorización, calificación y supervisión del funcionamiento de todos establecimientos de hospedaje del país. El texto propuesto incluye un apartado dedicado al alojamiento en “casas particulares” y establece condiciones que, en la práctica, prohibirían el alquiler privado de habitaciones o casas a turistas a través de plataformas en línea como Airbnb, Despegar o HomeAway.

El proyecto de Reglamento de Hospedajes pretende modernizar ciertas reglas de esta industria respecto al sistema de permisos de funcionamiento, categorías y oferta de servicios al turista. Esto no es nada nuevo y el sector turístico parece estar acostumbrado a estos cambios. No obstante, lo que debería ser un texto de fácil consenso se transforma cuando llega al apartado en que se regula el “servicio de alojamiento en casas particulares”.

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Informe: ¿Cómo funciona la identidad biométrica en Perú?

A fines del año pasado, en Hiperderecho iniciamos un proyecto que buscaba preguntarse sobre el desarrollo de una de las tecnologías más empleadas en la actualidad para la verificación de la identidad: la biometría. Nuestro objetivo era conocer cuál era el estado de desarrollo de esta tecnología en el país, qué actores relevantes intervienen en este ecosistema y cuáles son los escenarios de oportunidad y de riesgo que existen tanto en el sector público como privado.

Como parte de las actividades del proyecto, empezamos buscando qué se había escrito o investigado sobre el tema antes. Sin embargo, pronto nos dimos cuenta que la investigación independiente en estos temas es prácticamente nula en el Perú. No obstante, no es que no existiera información al respecto. De hecho, existía bastante pero la mayor parte eran normas, manuales, guías y otros documentos de trabajo de una sola entidad del Estado, que parecía ejercer un control casi exclusivo sobre el uso de la biometría: el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC).

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Otro Proyecto de Ley busca combatir la difusión de pornografía no consentida

Hace unas semanas se presentó un segundo proyecto de ley para legislar sobre lo que parece ser una preocupación creciente en nuestro país: la difusión de contenidos de carácter pornográfico sin consentimiento (práctica que también es conocida como pornografía de venganza). El año pasado comentábamos la primera propuesta de este tipo, que actualmente sigue bajo estudio en la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso.

¿Qué novedad trae esta propuesta? Este nuevo proyecto, impulsado por el congresista Miguel Castro, no está dirigido específicamente a combatir la pornografía de venganza sino más bien la difusión de material pornográfico a través de medios de difusión masiva como Internet. Por el mismo motivo, no propone la creación de nuevos delitos sino añadir un párrafo adicional a los artículos 154 y 177 del Código Penal para incrementar las penas en los casos en que se revelen partes íntimas de una persona o el acto sexual y estos sean difundidos por medios de comunicación, redes sociales, Internet, entre otros.

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Hiperderecho envió al Congreso comentarios sobre Proyecto de Ley que quiere reconocer relaciones laborales entre conductores y plataformas de taxis por aplicación

Si alguien pensó que el 2018 sería un año tranquilo para la tecnología, se equivocó. Siguiendo nuestra labor de monitoreo legislativo, queremos referirnos en esta ocasión al Proyecto de Ley N° 02260/2017-CR [PDF] presentado por el congresista Alberto Quintanilla de  Nuevo Perú a finales del año pasado. Este Proyecto propone reconocer como vínculo laboral las relaciones que mantienen los conductores que usan aplicaciones de taxi y las empresas que habilitan estas plataformas, con el fin de que los primeros reciban diferentes beneficios como vacaciones, pago sobre tiempo, entre otros.

Los proponentes afirman que el vínculo laboral existe porque en la práctica las empresas que disponen de estas plataformas tecnológicas realizan el mismo servicio de transporte que las empresas de taxi tradicional. Siguiendo esta lógica, si las empresas de taxi tradicional están obligadas a contratar a sus conductores y otorgarles beneficios laborales, las empresas que usan aplicaciones deberían hacer lo mismo. Para sostener su postura, citan algunos estudios realizados en Estados Unidos y dos fallos judiciales en Brasil y Reino Unido.

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SUNAT afirma que no utiliza software especial para revisar nuestras redes sociales

Han pasado más de dos meses desde que salió la noticia de que la SUNAT comenzaría a revisar los perfiles públicos de redes sociales para fiscalizar la evasión tributaria. Desde entonces, no ha existido ninguna novedad al respecto. Ningún influencer ha sido detenido y los viajes a Dubai de los famosos continúan, lo que parecería indicar que la declaración no tuvo mayor efecto. Como lo anunciamos al inicio, en Hiperderecho decidimos enviar una solicitud de acceso a la información para conocer más del asunto y la respuesta que obtuvimos te sorprenderá.

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Hiperderecho envió al Congreso comentarios sobre Proyecto de Ley que quiere aumentar las penas por discriminación en Internet

Hace unos meses se presentó en el Congreso el Proyecto de Ley N° 1598/2016-CR que propone modificar el artículo 323 del Código Penal, el cual tipifica el delito de discriminación. El objetivo es incluir nuevos supuestos de hecho a los ya existentes y aumentar las penas con el objetivo de que, en sus modalidades agravadas, la discriminación pueda ser castigada con prisión efectiva. Su impulsor principal, el congresista César Segura (Fuerza Popular, Ica), afirma que esto es necesario para combatir este grave mal que afecta a la sociedad peruana.

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Hiperderecho envió al Congreso comentarios sobre el Proyecto de Ley para impedir la difusión indebida de comunicaciones

Hace unos meses se presentó en el Congreso el Proyecto de Ley N° 1950/2017-CR, que busca modificar el artículo 164 del Código Penal sobre la publicación indebida de las comunicaciones. El objetivo es que este delito se amplíe para incorporar como protegidas a las comunicaciones hechas a través de mensajería instantánea y correo electrónico, además de las que ya estaban reguladas anteriormente. Asimismo, plantea un nuevo supuesto de agravante en el que, si el contenido publicado pertenece a una comunicación o grabación telefónica, la pena será de hasta dos (2) años. Su impulsor principal, el congresista Héctor Becerril, afirmó que esto es necesario para actualizar una norma que ha quedado desfasada con el avance de la tecnología.

Creemos que la protección del secreto de las comunicaciones es una preocupación legítima, sobre todo en el contexto que vivimos hoy en día. Sin embargo, tal como ya lo han señalado diferentes medios de comunicación, esta propuesta tiene varios problemas que podrían restringir otros derechos de forma ilegítima como la libertad de expresión, de información e inclusive el uso cotidiano que hacemos de Internet. Además, no representa una solución real para combatir el verdadero problema que es la existencia de organizaciones dedicadas a la interceptación ilegal de las comunicaciones, que no se ven afectadas por esta propuesta.

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Ministerio del Interior apeló sentencia que le ordena entregar el protocolo de la Ley de Geolocalización

Hace poco comentábamos que una municipalidad había decidido apelar una sentencia en la que se le obligaba a hacer pública la lista de personas bloqueadas en sus redes sociales. Esta semana queremos cubrir otro caso similar, pero cuyo protagonista hemos mencionado muchas veces por un tema que varios recordarán: el Decreto Legislativo 1182, mejor conocido como la “Ley Stalker”.

Para quien no lo recuerde, la Ley Stalker es una norma vigente desde el 2015 que habilita a la Policía a solicitar el acceso de los datos de geolocalización de cualquier dispositivo móvil en tiempo real para combatir contra el crimen. Así mismo, obliga a los concesionarios de servicios de telecomunicación a crear un registro de los datos de sus usuarios hasta por tres años con el fin de hacerlos accesibles para la investigación de delitos.

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