Autor: Elizabeth Mendoza

Coordinadora Legal

OnlyFans y Phishing: de la suplantación de identidad al fraude económico

OnlyFans, en su creación, fue y ha sido utilizado desde la autodeterminación y la libertad/toma de decisión de crear un perfil para monetizar determinados contenidos. No obstante y entre otros aspectos, la cuestión empezó a tornarse preocupante cuando comenzaron a aparecer perfiles fraudulentos, creados desde cuentas y perfiles falsos. 

El modus operandi en estos casos es la creación de una cuenta de Instagram (u otra red social) en la que se incluye un link que contiene dentro de la URL el texto “OnlyFans o Just for fans”. Hasta este punto, se ha configurado el delito de suplantación de identidad regulado en el artículo 9° de la Ley N° 30096 (Ley de delitos informáticos) y sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de cinco años. Al tratarse de una acción típica, antijurídica, y culpable, quienes hayan sido víctimas de esta modalidad de delito cibernético, pueden acudir a la Comisaría más cercana o al Ministerio Público a denunciar los hechos (o a través de sus canales virtuales de recepción de denuncias). Leer más

Preguntas frecuentes sobre la filtración de contenidos íntimos en una videollamada

Tras la propagación mundial del COVID-19, nuestras formas de interacción social, laboral y educacional cambiaron, y han ido desarrollándose a través de programas y/o plataformas tecnológicas de videoconferencias/videollamadas como Zoom, Meet, Microsoft Teams y entre otras. Esta nueva forma de interacción nos facilitó seguir estudiando, trabajando y relacionándonos en general. Pero, ¿qué sucede cuando, accidentalmente, se enciende la cámara y se filtran contenidos íntimos? Al respecto, respondemos algunas preguntas frecuentes:

¿Qué debo hacer si soy testigo de una situación similar?

No existe una exigencia legal que indique de manera específica cómo actuar al respecto. Sin embargo, es necesario recordar que la filtración del contenido íntimo fue accidental y que la persona no deseó que recibas o que tengas en tu poder este contenido, el cual forma parte del derecho a la intimidad. Este último es un derecho que todos debemos respetar pues ha sido reconocido en nuestro ordenamiento jurídico tanto por la Constitución Política del Perú como por el Código Penal. Leer más