Autor: Lucía León Pacheco

Directora de Investigación

Reflexiones a partir del Foro de Gobernanza de Internet 2023

La 18va reunión anual del Foro de Gobernanza de Internet (IGF, por sus siglas en inglés) tuvo lugar en Kioto, Japón. Entre el 8 y el 12 de octubre, miles de personas de distintos sectores y países se reunieron, presencial y virtualmente, para discutir sobre cómo es la Internet que queremos y qué riesgos debemos mitigar para alcanzarla.

¿Qué es el Foro de Gobernanza de Internet?

El Foro de Gobernanza de Internet es el evento global más importante en materia de Internet e interés público, convocado por Naciones Unidas. Desde su creación a partir de la aprobación de la Agenda de Túnez para la Sociedad de la Información, el IGF es, por definición, un espacio que involucra a las múltiples partes interesadas. Dado que Internet no está bajo el control de una única persona o gobierno, las discusiones sobre ella deben contar con las voces de todos los actores y sectores interesados (incluyendo, por supuesto, a las personas usuarias). En consecuencia, gobiernos, comunidad técnica, academia, sociedad civil, sector privado, expertos independientes y público en general participan del IGF para compartir experiencias, preocupaciones y propuestas de política pública. Todos estos actores articulan de manera democrática, transparente y con apertura al público en general.

Cada año, se publican el tema central y las áreas temáticas del IGF, las cuales guían la preparación y presentación de sesiones para la reunión anual. Sin embargo, entre una reunión anual y la siguiente, la comunidad sostiene trabajos temáticos a través de los Foros de Mejores Prácticas, las Coaliciones Temáticas y las Redes de Políticas. Leer más

¡Somos una Estructura de At-Large de ICANN!

La Corporación de Internet para la Asignación de Nombres y Números, conocida como ICANN por sus siglas en inglés, es una organización internacional sin fines de lucro. Una de sus funciones consiste en garantizar una gestión eficaz y coordinada de los nombres en el nivel más alto de la estructura de DNS (root level). Gracias al DNS (Domain Name System), la navegación es más sencilla en Internet: en lugar de recordar los números de las direcciones IP en las que se alojan páginas y servicios web, basta con recurrir a sus nombres de dominio asignados. Por ejemplo, para entrar al portal web de Hiperderecho es más sencillo dirigirnos a hiperderecho.org que recordar la dirección IP 188.226.177.69, aunque ambos nos lleven a la misma página. La ICANN, junto con sus socios técnicos, ayuda a mantener el DNS en funcionamiento garantizando que Internet siga siendo un espacio estable, seguro e interoperable. Leer más

Gobierno pide al Congreso facultades para vigilar a la ciudadanía y restringir la libertad de expresión

El último 28 de julio fue una fecha de hitos importantes. No solo se aprobó la Política Nacional de Transformación Digital (PNTD), sino que la Presidenta expuso, a través de su Mensaje a la Nación por Fiestas Patrias, las principales medidas que integrarán su agenda de gobierno durante este año. Por supuesto, tales medidas no son indiferentes al rol que cumplen Internet y las tecnologías de la información y las comunicaciones hoy en día: de hecho, varias de ellas se relacionan negativamente con la participación ciudadana en el ecosistema digital, pues amenazan el ejercicio de derechos como la libertad de expresión o la privacidad en línea y fuera de ella también.

Mediante el Proyecto de Ley 05632/2023-PE, también del 28 de julio, el Ejecutivo ha solicitado que el Congreso le delegue facultades para legislar en una lista de temas siguiendo lo establecido en el artículo 104 de la Constitución Política del Perú. Si el Congreso lo aprueba, le habrá conferido al gobierno central las facultades que necesita para aprobar normas con rango de ley en materias como seguridad ciudadana, infraestructura, gestión de riesgos de desastres, etc., durante 120 días. Varias de ellas impactarían en la forma cómo las personas usamos y compartimos contenido en Internet

En esta nota, recogimos las tres medidas que consideramos más peligrosas y amenazantes para la libertad de expresión en línea en el Perú y te contamos por qué creemos que el Congreso haría bien en rechazarlas. Leer más

Gobierno aprobó Política Nacional de Transformación Digital: ¿en qué consiste?

El pasado 28 de julio se aprobó, mediante Decreto Supremo 085-2023-PCM, la esperada Política Nacional de Transformación Digital (PNTD). A más de cinco años de la creación de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital (SGTD), y a más de tres de la creación del Sistema Nacional de Transformación Digital, la aprobación de este instrumento constituye un hito medular para conducir orgánicamente los esfuerzos gubernamentales por un país digital. La Política se suma a un conjunto de estrategias, lineamientos, reglamentos, directivas, guías y normativa en general aprobada en las últimas dos décadas con respecto a la sociedad de la información y el gobierno digital.

¿Para qué una Política Nacional?

La aprobación de una Política constituye una respuesta de política pública luego de identificado un problema o necesidad de alcance nacional. Se trata de una decisión que expresa que cierto problema público es parte de la agenda prioritaria del gobierno. En respuesta, se diseña una Política que permita planificar actividades específicas que obedecen a lineamientos y objetivos, estándares de cumplimiento y servicios públicos que deben ser alcanzados en el marco de ciertas políticas de Estado. En este caso, la PNTD se enmarca en la política de Estado N° 35 del Acuerdo Nacional, relativa a la Sociedad de la información y del conocimiento. Sin embargo, no es un documento aislado: es un instrumento de política pública que articula actividades y servicios tanto de la SGTD como de los distintos sectores (educación, telecomunicaciones, producción, etc.) para alcanzar el cambio organizativo y cultural que permita una verdadera transformación digital con valor público para la ciudadanía. Leer más

¿Qué tan inteligente es la Ley sobre Inteligencia Artificial aprobada en el Congreso?

El pasado jueves 25 de mayo se aprobó en el Pleno del Congreso el Proyecto de Ley 2775/2022-CR, Ley que promueve el uso de la Inteligencia Artificial en favor del desarrollo económico y social del país. Se trata de la primera norma aprobada por el Congreso cuyo objetivo se centra en la promoción de la Inteligencia Artificial (IA), y tuvo bastante éxito para alcanzar consenso: ingresado en agosto, el Proyecto tuvo dictámenes a favor en dos Comisiones, un texto sustitutorio y un último pedido de modificación antes de entrar a la agenda del día, y se aprobó casi por unanimidad (solo una abstención). Con la popularidad que herramientas como Chat-GPT o Dall-e han alcanzado, incluyendo su uso por algunos jueces para la administración de justicia, es claro que esta iniciativa no iba a pasar desapercibida. Sin embargo, ¿supone realmente una nueva regulación para la IA? ¿Cuál es su alcance y qué impactos podría tener su promulgación?

Contenido del proyecto de ley aprobado

El objeto de la ley propuesta, según su artículo 1, es promover el uso de la IA en el marco del proceso de transformación digital con la finalidad de fomentar el desarrollo económico y social del país, para lo cual se debe contar con un entorno seguro que, entre otros, asegure su uso ético.

En el resto de artículos, la norma propuesta se divide en cuatro partes principales:

  • Declaración de principios: En el título preliminar, se establecen principios para el desarrollo y uso de la inteligencia artificial, aunque muchos de ellos son extensibles fuera de este campo específico. Con ello, formarían parte del ordenamiento jurídico peruano principios como el de gobernanza de Internet (el cual también se pretendió formalizar en el Proyecto de Ley General de Internet), seguridad basada en riesgos, desarrollo ético como base fundamental para establecer el marco de responsabilidades en el uso de sistemas como la IA, privacidad, etc.
  • Declaración de interés nacional: Aunque solo se trate de un extremo declarativo de la norma, su enfoque es medular: señala que es de interés nacional la promoción del talento digital en el aprovechamiento de tecnologías emergentes, así como el fomento del desarrollo y uso de IA en la mejora de los servicios públicos, incluyendo la educación, la salud, la justicia, la seguridad ciudadana, la seguridad digital, los programas sociales, la defensa nacional, etc.
  • Definiciones: El texto (luego de las observaciones de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital, SGTD, para incorporar las recomendaciones OCDE) define la inteligencia artificial y la distingue de los sistemas basados en inteligencia artificial. Asimismo, define a las tecnologías emergentes y a los algoritmos.
  • “Roles” de la SGTD en materia de IA: La norma precisa que la autoridad nacional encargada de dirigir, evaluar y supervisar el uso y promoción de la IA es la SGTD, quien tiene a su cargo promover, entre otros: (i) el desarrollo de la IA y su adopción como herramienta que impulse el bienestar del país; (ii) la formación de profesionales competentes en la materia; (iii) la creación y fortalecimiento de infraestructura que habilite el desarrollo de la IA; (iv) la adopción de lineamientos éticos para su uso sostenible, transparente y replicable.
  • Informe anual: En el único extremo de la norma que propone una obligación jurídica concreta, el texto establece que la SGTD remitirá un informe anual al Congreso de la República sobre los avances en dos políticas públicas encaminadas a la fecha: la Política Nacional de Transformación Digital y la Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial.

Alcances de la eventual norma

El objetivo central de la norma es la promoción de la inteligencia artificial. Sin embargo, ningún artículo desarrolla o establece alguna medida que, precisamente, la promueva: de hecho, el texto solo incluye una medida concreta (la obligación de reportar avances anualmente al Congreso), y su naturaleza es informativa, no de promoción. Por lo demás, establece definiciones y aprueba principios que pueden resultar orientadores, pero que no son nuevos para nuestro ordenamiento jurídico. Por ejemplo, el Marco de Confianza Confianza Digital, aprobado por Decreto de Urgencia 007-2020, ya establecía que las entidades públicas y las organizaciones del sector privado deben promover y asegurar el uso ético de tecnologías digitales como la IA. Incluso, desde 2019 se creó un Laboratorio de Gobierno y Transformación Digital del Estado a través del cual la SGTD debe promover el aprovechamiento de la IA (art. 2 de la Resolución SGD Nº 003-2019-PCM-SEGDI).

No solo ya existían estas disposiciones normativas referidas a la promoción de la IA por parte de la Secretaría, sino que ya existen instrumentos en construcción relacionados con la materia. Por ejemplo, la Estrategia de Talento Digital, la Política Nacional de Transformación Digital o la Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial son instrumentos de política pública en los que la SGTD ya ha estado trabajando con participación de todas las partes interesadas, recogiendo comentarios y propuestas de mejora.

¿Necesitaban las entidades esta norma para empezar a utilizar la inteligencia artificial en sus procesos y/o servicios? En realidad, no. Por ejemplo, en 2021 se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 30926, Ley que Fortalece la Interoperabilidad en el Sistema Nacional Especializado de Justicia, según el cual se promueve la adopción de tecnologías emergentes tales como la IA y la cadena de bloques para la prevención de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar en entornos digitales. De otro lado, ese mismo año, la Superintendencia de Registros Públicos autorizó el servicio gratuito de orientación por agente virtual que brinda información empleando IA. Incluso, la Contraloría General de la República también habilitó al personal del Sistema de Control para hacer uso de mecanismos tecnológicos, incluyendo servicios de IA. En materia de salud, el personal del Instituto Nacional de Salud también está facultado a emplear la IA para el cumplimiento de sus funciones y garantizar o viabilizar la interoperabilidad con otras entidades.

Enfoques faltantes

A pesar de que el impacto del Proyecto aprobado sea bastante modesto, sí permite identificar el enfoque detrás del acercamiento del Congreso de la República a la IA. Nada más al definirla, el texto se aparta de una descripción técnica y asume a la IA como una herramienta tecnológica provechosa per sé, señalando su potencial para el beneficio económico y social, pero olvidando que tiene otras aplicaciones (algunas de ellas dañinas), a las cuales no se le deberían dejar de aplicar principios como el de desarrollo ético, privacidad, etc.

A la vez, como se advierte del artículo 2 (“interés nacional”), el presupuesto es que la IA debe ser utilizada para mejorar servicios públicos en su más amplio alcance, desde la administración de justicia hasta la seguridad ciudadana. Sin embargo, es importante advertir que la automatización de la toma de decisiones y la gran capacidad de análisis de datos que tiene la hacen susceptible de ocasionar impactos a gran escala sobre los derechos de las personas. En ese sentido, deben también explorarse otros enfoques:

    • Más evidencia y menos tecnosolucionismo: Aunque nos gustaría creer que hay soluciones tecnológicas sencillas para problemas humanos muy complejos, lo cierto es que la política pública debe estar orientada por evidencia. La prisa e inmediatez para ir al ritmo del desarrollo de las tecnologías es peligrosa porque no permite un adecuado análisis de impacto en derechos humanos (y, a la larga, puede incluso significar candados normativos para la innovación).
    • Servicios públicos sin discriminación: Es importante también reparar en la gravedad de permitir que las decisiones importantes sean tomadas por la IA sin ningún tipo de protocolo o revisión. Los errores cometidos por la IA, en conjunto con su escalabilidad, son dramáticamente graves para los derechos humanos. Se trata de errores para nada inofensivos: está documentado que  el racismo y el sexismo son parte de la arquitectura y lenguaje de la tecnología, una cuestión que amerita atención y remediación. Los procesos de toma de decisión conducidos algorítmicamente requieren un contexto social y humano, y esto importa para todas las personas involucradas con este tipo de tecnologías a diario, con especial impacto para las personas de grupos marginalizados. Por eso, la incorporación de la IA a los servicios públicos debe contar con salvaguardas para los derechos humanos y otros estándares éticos que mitiguen estos riesgos.
    • Usos creativos y libre acceso a la cultura: Aunque aún no ha sucedido, cuando surjan iniciativas de regulación de la IA, debe tenerse en cuenta también a las personas usuarias de estas herramientas, sobre todo en su vertiente generativa, y no únicamente a las industrias. Para muchas personas, las IA generativas constituyen formas de expresión artística y cultural.

Sin duda, la aprobación de este Proyecto (y, en particular, la rapidez con que se le dio trámite y la cantidad de votos a favor que alcanzó) dan cuenta del interés del Congreso de la República por la Internet y las nuevas tecnologías. Esperemos que venga acompañado de un adecuado debate, asesoramiento y convocatoria a personas con experiencia en la materia.

La agenda de interés público en el SCCR 43 de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual

La sesión 43 del Comité de Derechos de Autor y Derechos Conexos (SCCR 43) de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) se celebró en Ginebra, Suiza, entre el 13 y el 17 de marzo. Por segundo año consecutivo, Hiperderecho participó de las sesiones de este Comité como parte de la alianza global por el acceso al conocimiento, la A2K Coalition, y de la Alianza de la Sociedad Civil Latinoamericana por el Acceso Justo al Conocimiento. Se trató, además, de la primera oportunidad en que Hiperderecho participa de un foro de la OMPI en calidad de Observador Acreditado, luego del otorgamiento de dicho estatus en julio del año pasado.

La agenda de la OMPI es relevante para nuestra organización porque tiene impacto en cómo se difunde y accede a la cultura, la educación, el conocimiento, la investigación, etc. La conservación, difusión y acceso al saber, con el impacto potencial que ello tiene en el desarrollo, está delimitada por muchas normas sobre Derechos de Autor y Propiedad Intelectual. Por ello, muchos Observadores son asociaciones de bibliotecas, educadores, galerías, museos, productores audiovisuales, etc.
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Regulación de plataformas: así se vivió la Conferencia por un Internet confiable de UNESCO

¿Deberían las plataformas ser reguladas? ¿Por qué, cómo y con qué salvaguardas? La semana pasada, la oficina principal de la Unesco en París fue sede de la Conferencia #InternetForTrust (“Por un Internet confiable”). Integrantes de la sociedad civil, delegaciones gubernamentales, sector privado, organizaciones internacionales, comunidad técnica, academia y demás actores de todas partes del mundo se hicieron presentes para intentar responder estas y otras preguntas desde sus contextos profesionales y locales. Se trata de un proceso de diálogo iniciado hace meses por Unesco, y que se prolongará por otros más, con el objetivo de lograr la aprobación de la mejor versión de unas Directrices para regular las plataformas digitales que puedan guiar procesos regulatorios nacionales. Leer más

¿Por qué “este contenido no se encuentra disponible”?

Las redes sociales constituyen un importante punto de encuentro para compartir y recibir información, desplegar corrientes de opinión y, en general, expresarnos. Sin embargo, no cualquier tipo de contenido es aceptado en estas plataformas. Naturalmente, desde un punto de vista deliberativo, esta situación puede resultar problemática: ¿quién tiene control sobre los contenidos y por qué? ¿Hay alianzas entre actores políticos y redes sociales? ¿Los dueños de las plataformas deciden sobre qué se discute y sobre qué no?

Dado el actual contexto político peruano, cargado de polarización y desinformación en línea, han surgido muchas teorías sobre eliminación de contenido por razones de antipatía ideológica. Desde distintos espectros, voceros de diversas posiciones políticas denuncian la eliminación de sus publicaciones, atribuyéndola a actores políticos que pudieran estar en contra de su contenido. Sin embargo, la moderación de contenidos obedece a parámetros preestablecidos (e, incluso, automatizados) ajenos a la decisión directa de grupos gubernamentales. Incluso si convenimos en que la eliminación de contenido es cuestionable, es importante identificar a los actores hacia los cuales dirigir nuestras críticas para poder demandar mejoras. Leer más

Gobernanza de Internet: estos son los mensajes finales del IGF 2022

La semana pasada se publicaron los mensajes finales del 17mo Foro de Gobernanza de Internet – IGF 2022, que tuvo lugar en la ciudad de Addis Abeba, Etiopía, entre el 28 de noviembre y el 2 de diciembre. Bajo la consigna de “una Internet resiliente para un futuro común, compartido y sostenible”, las múltiples partes interesadas de todo el mundo se reunieron, tanto presencial como virtualmente, para dar sus aportes en materia de política pública e Internet.

El Foro de Gobernanza de Internet

En 2005, como parte de la Cumbre Mundial de la Sociedad de la Información, se suscribió la Agenda de Túnez. En ella, se solicita al Secretario General de las Naciones Unidas que, mediante un proceso abierto e inclusivo, se procure el diálogo político de múltiples partes interesadas mediante la convocatoria a un Foro de Gobernanza de Internet (IGF). Se trata del evento global más importante en materia de Internet e interés público, el cual convoca a personas de la academia, sociedad civil, gobierno, sector privado y comunidad técnica a dar sus aportes. Leer más