El Centro de Estudios Literarios Antonio Cornejo Polar (CELACP) realizará durante los días 26, 27 y 28 de octubre un congreso dedicado al desarrollo de la literatura fantástica en el país. Este evento, que reúne a académicos, estudiantes y público en general, contará con la presencia de ponentes nacionales e internacionales que disertarán sobre las diferentes expresiones de la narrativa fantástica.
¿Por qué a una startup debería de importarle lo que pasa en el Congreso? ¿Qué tiene que ver tu emprendimiento tecnológico con lo que se decida en un Ministerio? En Hiperderecho, nos hacen estas preguntas muy seguido. Por eso, estamos muy contentos de presentarles nuestro más reciente proyecto: Políticas Públicas y Start Ups.
En Perú, no hay una sino muchas leyes que se aplican a los emprendimientos tecnológicos. Aunque no lo creas, la mayoría de estas reglas han sido escritas sin pensar en la perpsectiva de las startups y probablemente sin preguntarles directamente su opinión. Nuestra Guía de Bolsillo buscar orientar a los emprededores tecnológicos y las start ups en el camino de la incidencia en asuntos públicos como esos y ayudarlos a involucrarse más directamente. Este proyecto cuenta con el auspicio de Google.
Este domingo 20 de octubre se llevará a cabo en todo el país el Censo Nacional 2017. Entre las 8 am y las 5 pm, un empadronador visitará nuestras casas para recopilar información sobre quiénes y cuántos somos y la forma en que vivimos. Con preguntas que van desde nuestras creencias religiosas, origen étnico y hasta qué aparatos eléctricos poseemos, se trata del cuestionario más detallado que hemos tenido en toda nuestra historia. Si la forma en que se ha organizado este evento o alguna de las preguntas relacionadas a tus datos personales te genera desconfianza, ¿cómo defender nuestros derechos este domingo?
No tenemos que contestar todas las preguntas.
El cuestionario del Censo tiene diversos tipos de preguntas: desde los materiales con los que está construida nuestra casa hasta nuestra religión. Según el Decreto Supremo que aprobó las Normas para la Ejecución de los Censos Nacionales, negarse a responder las preguntas del Censo o suministrar datos incorrectos podría sancionarse hasta con S/. 2025. Sin embargo, eso no significa que estemos obligados a contestar todas las preguntas. Otras leyes superiores nos permiten guardar reserva de la información que nos identifique o haga identificables, así como asuntos que consideremos parte de nuestra privacidad. Por ejemplo, la Constitución nos da el derecho de guardar reserva sobre nuestra convicciones religiosas o de cualquier otra índole. Igualmente, la Ley de Protección de Datos Personales reconoce nuestro derecho a elegir cuándo y con quién compartimos información como nuestro origen racial y étnico, ingresos económicos, opiniones o convicciones políticas, afiliación sindical, e información relacionada a nuestra salud o vida sexual. Tenemos el derecho a decidir qué datos personales queremos revelar durante el Censo y negarnos a contestar las que consideremos que invaden el ámbito de nuestra vida privada.
A lo largo de la historia el rol de la mujer ha estado marcado por la opresión social de permanecer en el espacio privado. Por ello cuando querían acceder al campo académico, artístico o científico eran muy criticadas, y los trabajos que han realizado han sido puestos en tela de juicio y desestimados. Han tenido que pasar muchos años para poder reconocer y darles crédito por los aportes y hallazgos realizados.
Si bien a nivel global se han logrado algunos avances, lamentablemente el camino de la mujer para hacer uso de la tecnología sigue siendo tortuoso. Las mujeres debemos enfrentarnos (sabiéndolo o no) a escenarios que nos colocan en desventaja y sobre los cuales en muchas ocasiones no podemos tener injerencia directa. De esta manera, existen tres escenarios impactantes en la apropiación de la tecnología por parte de las mujeres son las siguientes.
El Proyecto de Ley No. 1669/2016-CR que propone crear el delito de difusión de material íntimo de manera no consentida sigue en trámite en el Congreso. Fue presentado en julio por el congresista José Marvin Palma (Fuerza Popular, Lambayeque) y actualmente se encuentra en estudio en la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
A finales de julio, varios medios de comunicación en Estados Unidos reportaron un hecho que ha revivido uno de los casos más controvertidos sobre nombre de dominio en Internet. ICANN había decidido negar a la empresa Amazon el registro del gTLD “.amazon” en favor de la postura del Comité de Asesoramiento Gubernamental, construida principalmente con los argumentos de los gobiernos de Perú y Brasil. ¿Pero de qué se trata todo eso? ¿Qué es ICANN? ¿Nombres de dominio?
Antecedentes
ICANN son las siglas en inglés para la Corporación de Internet para la Asignación de Nombres y Números, una organización sin fines de lucro domiciliada en California (Estados Unidos) que desempeña un rol vital en el funcionamiento de Internet. Quizás la parte más visible de su trabajo tiene que ver con la forma en que navegamos por la red, haciendo uso de los nombres de dominio y las direcciones IP.
Todos los dispositivos (computadoras, teléfonos, etc.) conectados a Internet tiene una dirección IP única que está compuesta por números, la cual sirve para identificar dónde se encuentran. Todo el contenido que visitamos en Internet está almacenado en un espacio físico, generalmente un servidor, que también tiene una de estas direcciones. En sus inicios, para poder entrar a un sitio en Internet había que memorizar y escribir estas secuencias numéricas. Pero esto era poco práctico y años más tarde se decidió asignar un nombre a estas direcciones para ´que sea más fácil encontrarlos. Así nació el Sistema de Nombres de Dominio.
El Proyecto de Ley No. 1505/2016-CR que intenta regular parte del funcionamiento de las plataformas digitales de transporte privado y taxis sigue en trámite en el Congreso. Presentado en junio por el congresista Miguel Elías Ávalos (Fuerza Popular, Ica), el Proyecto se encuentra actualmente en estudio en las comisiones de Transportes y Comunicaciones y también en la de Consumidor y Organismos Reguladores del Congreso.
Como escribíamos hace varios meses, creemos que el Proyecto puede traer más perjuicios que beneficios al usuario peruano de estos servicios. La propuesta legislativa parte de asumir que no existen ya leyes de responsabilidad civil, penal y administrativa aplicables a la prestación de estos servicios. A su vez, intenta imponer una serie de requisitos mínimos para cualquier empresa que quiera prestar estos servicios (como el de contar con un centro de atención telefónica) que no se justifican en el propio Proyecto y que se alejan del estándar internacional. De la misma manera, el Proyecto parece construído exclusivamente sobre la anécdota de casos mediáticos y no está soportado en cifras, estadísticas o información provista por terceros que permita medir el alcance e impacto de las reformas propuestas.
La semana pasada les contamos cómo Indecopi había comprado un sofisticado equipo para acceder a la información contenida en celulares y tablets por más de 50 mil soles. En nuestro artículo, expresamos nuestra preocupación por permitir que instancias administrativas como la Comisión de Libre Competencia adquieran y operen sofisticados equipos de vigilancia electrónica más propios de la Policía o el Sistema de Inteligencia. En particular, nos preocupaba que no existan controles especiales o una política nacional sobre el uso de estos aparatos y que adquisiciones de este tipo podían empezar una tendencia hacia la militarización cibernética de la administración pública.
La carta de Indecopi
La Comisión de Libre Competencia, a través de su Secretario Técnico Jesús Espinoza Lozada, esa misma semana nos mandó una carta. En su comunicación, califica nuestros argumentos de “maliciosos” porque: (i) el equipo no sirve para interceptar comunicaciones; (ii) estas herramientas son necesarias para detectar cárteles de precios. Además, nos pidió que publiquemos una copia de su carta aquí para que todos puedan acceder a su versión de los hechos.
La respuesta de Indecopi nos halaga y nos preocupa. Por un lado, nos complace saber que las entidades cuyo trabajo fiscalizamos prestan atención a lo que decimos. No por darnos importancia sino porque creemos que cuando hablamos de asuntos de este tipo es porque creemos que merecen una mejor discusión pública. Pero también nos preocupa porque el lenguaje de la carta revela una incomodidad con nuestro trabajo o con lo que decimos. Somos una organización de Derechos Humanos y nuestro trabajo es poner en debate cualquier amenaza o vulneración existente para los usuarios de tecnología en el país. Un equipo de espionaje electrónico de 20 mil dólares comprado por el Estado para ser usado por una oficina administrativa es un problema. Creemos que la ciber militarización de la administración pública es un asunto merecedor de una conversación pública, abierta y sincera.
Por eso, esta semana hemos enviado una carta de respuesta a Indecopi. En nuestra comunicación, precisamos el sentido exacto de nuestro artículo original. Nuestra críticas no tienen nada que ver con la necesidad de acceder a la información contenida en dispositivos móviles para la investigación y detección de cárteles. Por el contrario, son de orden operativa y cuestionan la pertinencia de que sea la Comisión la encargada de adquirir, custodiar y operar sofisticados equipos de extracción digital forense para tal fin. Además, aprovechamos para explicar mejor cómo funciona el equipo adquirido por Indecopi y cómo sirve casi exclusivamente para crackear (es decir, acceder sin autorización) a un dispositivo móvil.
Hubo una época en la que la única actividad de intervención de las comunicaciones era capturar información en tránsito (ej. chuponear un teléfono). Por la gravedad de estas actividades, nuestro Código Penal no solo penaliza su uso sino incluso su importación o posesión sin autorización. En cambio, en nuestros días casi toda la información como correos electrónicos o mensajes de WhatsApp viaja cifrada de extremo a extremo. Eso significa que interceptarla en tránsito es casi imposible. Sin embargo, mucha de esa información queda grabada en las computadoras, teléfonos celulares y tablets utilizadas para enviar o recibir mensajes, correos, o fotografías. Equipos como el que acaba de comprar Indecopi sirven precisamente para acceder a esa información “en reposo” grabada localmente en un equipo al que se tiene acceso. Increíblemente, no existe una política pública sobre qué entidades públicas y bajo qué condiciones pueden comprar y operar estos equipos. Esa es nuestra preocupación y ese es el sentido de nuestros comentarios.
El Decreto Legislativo No. 1182 o Ley de Geolocalización empezó a funcionar hace un año y medio, cuando se aprobó el texto secreto de su Protocolo de Aplicación. ¿Qué información han recibido los ciudadanos respecto a su utilización y a sus resultados? Por ahora, ninguna. Con el afán de solucionar este problema, Hiperderecho decidió tomar las riendas e investigar los casos donde se ha estado usando el mecanismo de geolocalización. En teoría, debería de existir coordinación entre las instituciones que forman parte del proceso de uso de geolocalización. Es decir, la Policía Nacional, el Poder Judicial y el Ministerio Público deberían poseer la misma información refiriéndose, esto es: la misma cantidad de casos registrados, los tipos de crímenes, donde se han llevado a cabo, etc.
Sin embargo, para acceder a información pública en Perú es todavía necesario hacer trámites que recuerdan a las películas de espionaje de los ochentas, con papeleos que incluyen escribir cartas, rellenar formularios y encontrar la correcta mesa de partes en algún punto misterioso de la ciudad. Por suerte, Hiperderecho contó con la ayuda del congresista Alberto de Belaunde y su despacho para enviar solicitudes de acceso a la información a las entidades públicas involucradas. Vale hacer un breve paréntesis para recordar que el derecho de acceso a la información es protegido por Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Perú y que es reconocido por la Resolución 59 de la Asamblea General de las Naciones Unidas como un derecho fundamental para el desarrollo pleno de una sociedad democrática.
La Escuela de Bibliotecología de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y el Grupo de Estudiantes de Bibliotecología y Ciencias de la Información «Haykurinalla Willakuyman» realiza esta semana una conferencia sobre la Conducta Responsable en Investigación Científica en el Contexto de la Ciencia Abierta. Este evento reune a profesores y estudiantes de la Facultad de Letras de San Marcos para conversar sobre la realidad de la investigación científica en el marco del debate del acceso abierto y la ciencia abierta.