X ha cumplido un mes de bloqueo en Brasil. Fue el 30 de agosto que el Tribunal Supremo Federal de Brasil (cuyo presidente es Alexandre de Moraes) tomó esta decisión y extendió la obligación a los operadores de internet y telefonía, así como a las tiendas de aplicaciones. Cabe recordar que, entre las medidas judiciales, el Tribunal dispuso que cualquier persona que intentara acceder a X a través de una VPN tendría que pagar una multa diaria de 50 mil reales (equivalente a 9,000$).
Desde hace más de una semana, se han iniciado incendios forestales en diversas regiones del país, así como en distintos territorios de América del Sur. En el caso de Perú, 20 regiones se encuentran afectadas, con mayor impacto en Cusco, Huancavelica, Cajamarca, Amazonas, Ucayali y San Martín. Nuestros bosques están ardiendo.
Desde Hiperderecho, creemos que el contexto nos invita a preguntarnos por nuestra relación con los ecosistemas y el medio ambiente. En un mundo en el que todo pasa tan deprisa, es necesario detenernos a pensar qué cuidado ofrecemos al planeta que nos precede como especie. En ese sentido, desde nuestros ejes de trabajo, encontramos que el desarrollo de las tecnologías carece de una mirada sostenible para los ecosistemas, sino que se basa en un enfoque antropocentrista y cortoplacista.
Somos una organización sin fines de lucro que cree que la tecnología es una herramienta de liberación social y trabaja para defenderla de cualquiera que la ponga en riesgo.
El 22 y 23 de agosto del presente año, se llevó a cabo en Buenos Aires la 12° edición del Taller del Centro de Estudios en Libertad de Expresión y Acceso a la Información de la Universidad de Palermo (CELE), titulado en esta ocasión “Entre la gobernanza y la regulación. Desafíos para los derechos humanos en Internet en América Latina”. Desde Hiperderecho, Rubiela Gaspar, Coordinadora Legal de Políticas Públicas, y Elizabeth Mendoza, Coordinadora Legal de Litigios, estuvieron presentes en estos talleres y tuvieron el agrado de compartir espacios con otras organizaciones de la sociedad civil y la academia para discutir cuestiones relacionadas con la libertad de expresión, igualdad de género, protección a periodistas, regulación de plataformas, conectividad significativa, neurotecnología, y más. Leer más
Internet se ha convertido en una herramienta crucial para el almacenamiento de imágenes, textos, piezas audiovisuales, informaciones y fuentes periodísticas que permiten mantener presente hechos de gran relevancia que afectan el interés público. Esto cobra especial importancia en situaciones de graves violaciones a los derechos humanos, casos de corrupción sistemática y acaparamiento del poder, donde Internet se presenta como un mecanismo de preservación de la memoria histórica y un facilitador del acceso a información crítica para la sociedad. Leer más
Somos una organización sin fines de lucro que cree que la tecnología es una herramienta de liberación social y trabaja para defenderla de cualquiera que la ponga en riesgo.
El domingo 4 de agosto se aprobó el Decreto Legislativo N°1623, el cual modifica la Ley de Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo, con la finalidad de extender la aplicación del 18% a los servicios digitales e importación de bienes intangibles a través de internet. De acuerdo con este Decreto, los agentes de retención o percepción; es decir los sujetos no domiciliados en el Perú, empezarán a efectuar la retención o percepción del IGV a partir del 1 de octubre de 2024.
Esta medida afectaría a cientos de servicios digitales (de streaming, aplicaciones de taxis, plataformas de cursos, aplicaciones de citas, plataformas de almacenamiento de archivos, y más), así como algunas funciones de pago para bienes intangibles (por ejemplo funciones de Zoom premium, funciones de Whatsapp empresas, Facebook Ads, entre otros).
A días de su publicación, existen diversas críticas sobre la norma, que abarcan desde cuestionamientos sobre el fondo (la falta de claridad de algunos términos, de las obligaciones y los sujetos obligados, y la desproporcionalidad de la medida), cuestionamientos sobre su ejecución (impacto sobre los datos personales, nuevas cargas económicas y administrativas, impacto en la economía digital), e inclusive sobre su proceso de formulación (ausencia de participación multisectorial). A continuación abordaremos algunas de las principales críticas.Leer más
Este jueves 8 de agosto del 2024, el Poder Ejecutivo introdujo modificaciones importantes en los delitos que sancionan la violencia de género en línea. En uso de la facultad para legislar que le otorga la Ley N° 32089, promulgó el Decreto Legislativo N° 1625, a través del cual se modifican los artículos 154-B y 158 del Código Penal, así como la incorporación del artículo 5-A en la Ley N° 30096 o Ley de delitos informáticos. A continuación, detallamos en qué consisten estos cambios normativos.
Decreto Legislativo 1410: modificación del artículo 154-B
La norma modifica sustancialmente uno de los delitos con más deficiencias de técnica legislativa del DL 1410, promulgado en 2018. Se trata del artículo 154-B, que tipifica el delito de difusión de imágenes, materiales audiovisuales o audios con contenido sexual. Hasta ahora, la redacción del delito hacía que solo se pudiera sancionar a aquellas personas que hubieran accedido al material audiovisual con el consentimiento de la víctima. En la práctica, eso supone problemas de aplicación graves que dejan por fuera casos que también merecen la atención del ordenamiento legal: desde el acceso al material a raíz del robo de celulares o hackeos de cuentas, hasta la difusión en cadena o el famoso “rotar el pack”. Sin embargo, con esta modificación se ha eliminado el requisito de haber obtenido el contenido sexual con la anuencia de la persona que aparece en estos. Es decir, ya no se exige el haber obtenido el consentimiento en la obtención y/o grabación de las imágenes y videos sexuales. Con este cambio normativo, es posible sancionar a toda la cadena de personas que reenvíen el contenido íntimo sexual, sin importar si el mismo fue obtenido o no con el consentimiento o permiso de la persona: ya no hace falta que la persona afectada haya enviado el contenido ni/o que haya permitido la grabación del mismo o la toma de las fotografías.Leer más
El 15 y 16 de julio del presente año, se llevó a cabo en Río de Janeiro la “Convención sobre Trabajo y Tecnología en América Latina”. Desde Hiperderecho, tuvimos el agrado de compartir espacios con otras organizaciones de la sociedad civil y sindicatos para discutir cuestiones relevantes en torno a cómo la tecnología se relaciona con el trabajo en nuestros países.
Una cuestión de intermediación y laboralidad
Uno de los aspectos abordados en este encuentro fue cómo organizar las fuerzas de trabajo en torno a las economías que se desarrollaron a partir de las plataformas de intermediación. En este caso específico, se conversó en torno a las plataformas de intermediación de transportes y las plataformas de servicios de delivery. Leer más
En los últimos meses, las grandes empresas de tecnología han anunciado y lanzado sus propias versiones de inteligencia artificial generativa. En junio, Tim Cook anunció el lanzamiento de Apple Intelligence para las próximas versiones de los sistemas operativos de sus dispositivos. Apenas ayer, 23 de julio, Meta puso a disposición Meta AI en sus aplicaciones Facebook, Instagram, WhatsApp y Messenger en varios países de latinoamérica. Por su lado, Google desarrolló Gemini, la cual busca integrar a sus diferentes productos y plataformas.
A partir del 22 de julio de este año, OSIPTEL comenzará a bloquear los equipos terminales móviles que, habiéndose adquirido con posterioridad al 22 de abril de este año, no se encuentren registrados. Esta medida de registro obligatorio bajo sanción de bloqueo se enmarca en la tercera etapa de ejecución del Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la Seguridad (RENTESEG), creado el 2017 a iniciativa del Ejecutivo y reglamentado por el Ministerio del Interior.
El objetivo del RENTESEG es desincentivar y combatir la comercialización de celulares robados o de dudosa procedencia en el mercado peruano. Para lo cual, se propone identificar a los celulares a través de su IMEI (el DNI universal de todo celular, que consiste en una serie de 15 dígitos que vienen determinados de fábrica). A continuación explicaremos porque esta medida está destinada al fracaso y no permite alcanzar el objetivo de reducir el robo de celulares, sino que, por el contrario, crea una serie de problemas adicionales.Leer más
En Hiperderecho llevamos años investigando y pensando en respuestas para combatir la violencia de género en línea. Así, surgieron proyectos como Tecnoresistencias (nuestro proyecto principal sobre violencia de género en línea) y Después de la Ley, apuntando a una Internet libre de violencia para las mujeres en nuestra diversidad y personas LGBTNB+. En 2023, nos preguntamos cómo descentralizar la identificación, prevención, resistencia y denuncia de la violencia de género en línea? En respuesta, diseñamos Resiste.