![](https://hiperderecho.org/wp-content/uploads/2020/10/2755745201_c57d9bac9c_k-300x225.jpg)
Son varias ya las iniciativas legislativas a través de las cuales se pretende reconocer el derecho de acceso a Internet en la Constitución del Perú. 1 No obstante, si vamos a discutir en torno a este derecho, cabe realizar las siguientes preguntas: ¿Cuál sería la mejor técnica legislativa para su incorporación en nuestra Constitución? ¿Qué contenidos mínimo debería garantizar?
Desde Hiperderecho hemos estudiado y hecho seguimiento a los proyectos de ley que se han presentado sobre el particular (Proyectos de Ley Nos. 2780/2018-CR, 03156/2018-CR, 3607/2018-CR, 5600/2020-CR) y de la revisión de estos consideramos que el Congreso peruano, al momento de reconocer el derecho de acceso a Internet como uno en la Constitución debería tener en cuenta algunos de los siguientes planteamientos:
Reconocimiento constitucional diferenciado de la libertad de expresión y de cualquier otro derecho
En el ámbito de los derechos humanos, ciertas propuestas de reforma referidas a la incorporación del derecho de acceso a Internet en la Constitución tienden a concebir este derecho como una evolución o una proyección del derecho a la libertad de expresión. No obstante, como bien lo menciona el profesor Pollicino, es crucial trabajar hacia una emancipación del derecho de acceso a Internet del destino constitucional de la libertad de expresión. Solo mediante esta separación la protección del derecho de acceso a Internet sería independiente de posibles situaciones en las que los márgenes de la libertad de expresión pueda verse reducida.
![](https://hiperderecho.org/wp-content/uploads/2021/10/Dilmar-fondo-oscuro-1-scaled.jpg)
Director Ejecutivo
Abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú.
Ver: Proyectos de Ley 3156/2018-CR, 3607/2018-CR, 5600/2020-CR, entre otros.↩