Te invitamos a participar del Foro de Gobernanza de Internet Perú 2020

En poco más de un mes, durante los días 1, 2 y 3 de diciembre se llevará a cabo una nueva edición del Foro de Gobernanza de Internet (IGF) de Perú. Por primera vez en formato online. 

¿Qué temas se tratarán?

Este año, cada miembro del Comité Organizador del evento está a cargo de un panel principal, con el propósito de ofrecer mayor diversidad de temas y expertos para todos los interesados en participar de esta experiencia. Los temas de los paneles serán:

  • Economía Digital: «Hacer empresa en el entorno digital: la nueva normalidad»
  • Regulación de Internet: “Análisis de propuestas legislativas sobre entornos digitales”
  • Educación Digital: “La continuidad de #AprendoenCasa y #PeruEduca como una nueva oportunidad de hacer Aprendizaje Digital en el Perú”
  • Gobernanza de Internet: “Discusiones y avances en el marco internacional sobre la Gobernanza de Internet y la cooperación digital”
  • Seguridad Digital: “Violencia de género en entornos digitales”
  • Conectividad Digital: “¿Cómo hacemos para hacer crecer el Internet?”

Comité Organizador y de Programa

El Foro es un proceso de participación multiestamentaria. No se restringe solo a organizaciones de cierto sector, pues entendemos que el desarrollo de Internet nos pertenece a todas y todos. Así pues, todos los años se abre un llamado a organizaciones que quieran formar parte del Comité Organizador, el cual tiene la vocación de renovarse periódicamente. Este año, los participantes son:

  • Sociedad de Comercio Exterior del Perú – ComexPerú
  • Centro de Estudios de Gobernanza de Internet – CGI USMP
  • Cultura Digital.pe
  • D&D Internacional – Democracia Digital, ISOC Perú
  • Hiperderecho
  • Ministerio de Transportes y Comunicaciones

Inscripciones gratuitas

Desde octubre se encuentran abiertas las inscripciones para participar en el Foro de Gobernanza de Perú, completando este sencillo formulario. Recuerden que no es necesario recibir ninguna confirmación de registro. Los enlaces para conectarse al evento y las actualizaciones sobre panelistas y horas de presentación se harán llegar a los correos electrónicos de los participantes. 

¡Participa en el evento con una presentación!

Por segundo año consecutivo, se invita a los participantes a presentar sus propuestas para pequeñas presentaciones, mesas de discusión y charlas relámpago sobre sus temas preferidos relacionados a la Gobernanza de Internet. Estas presentaciones serán de entre 30 a 60 minutos y serán programadas como antesala de los paneles principales del Foro. Para enviar una propuesta de este tipo, pueden hacerlo a través del mismo formulario de registro.

¡Les esperamos!

 

Acceso a Internet como derecho fundamental en Perú: ¿cómo funcionaría?

on varias ya las iniciativas legislativas a través de las cuales se pretende reconocer el derecho de acceso a Internet en la Constitución del Perú[1]. No obstante, si vamos a discutir en torno a este derecho, cabe realizar las siguientes preguntas: ¿Cuál sería la mejor técnica legislativa para su incorporación en nuestra Constitución? ¿Qué contenidos mínimo debería garantizar?

Desde Hiperderecho hemos estudiado y hecho seguimiento a los proyectos de ley que se han presentado sobre el particular (Proyectos de Ley Nos. 2780/2018-CR, 03156/2018-CR, 3607/2018-CR, 5600/2020-CR) y de la revisión de estos consideramos que el Congreso peruano, al momento de reconocer el derecho de acceso a Internet como uno en la Constitución debería tener en cuenta algunos de los siguientes planteamientos:

El derecho de acceso a Internet debe contar con un reconocimiento constitucional diferenciado de la libertad de expresión y de cualquier otro derecho

En el ámbito de los derechos humanos, ciertas propuestas de reforma referidas a la incorporación del derecho de acceso a Internet en la Constitución tienden a concebir este derecho como una evolución o una proyección del derecho a la libertad de expresión. No obstante, como bien lo menciona el profesor Pollicino[2], es crucial trabajar hacia una emancipación del derecho de acceso a Internet del destino constitucional de la libertad de expresión. Solo mediante esta separación  la protección del derecho de acceso a Internet sería independiente de posibles situaciones en las que los márgenes de la libertad de expresión pueda verse reducida.

Además, desde el Derecho Constitucional, también es recomendable reconocer el derecho de acceso a Internet de manera independiente de la libertad de expresión o de cualquier otro derecho previo existente en la Constitución porque ello brindaría mayores márgenes de amplitud al momento de interpretar dicha disposición. En caso se ubique el derecho de acceso a Internet en el mismo literal que la libertad de expresión, como pretenden la mayoría de propuestas legislativas, es muy posible que el derecho de acceso a Internet se interprete exclusivamente conforme a los parámetros de la libertad de expresión lo que conlleva a que, en ciertos casos, se tenga que dar preferencia a este derecho, aun en detrimento de otros posibles derechos relacionados a Internet que requieran igual tutela, especialmente cuando estos entran en conflicto.

Sin embargo, la pandemia actual de Covid-19 nos ha demostrado que el acceso a Internet no protege únicamente la libertad de expresión, sino que permite el ejercicio de múltiples derechos en la misma intensidad que la libertad de expresión. En efecto, el derecho al trabajo, el derecho a la educación, la libertad de empresa, la libertad de comercio, el derecho de acceso a la información pública, la tutela jurisdiccional efectiva, el debido proceso, la libertad de asociación, son algunos de los tantos derechos que se pueden ejercer gracias a Internet, por lo que su reconocimiento constitucional debe tomar en cuenta que el acceso a Internet no protege únicamente la libertad de expresión, sino en su calidad de interdependencia, también protege y permite ejercer otros derechos fundamentales.

En este sentido, consideramos que la mejor técnica legislativa es otorgar al derecho de acceso a Internet un reconocimiento independiente en la Constitución, lo cual implica también un reconocimiento diferenciado en el propio texto constitucional, ya sea en un artículo, numeral o literal distinto del artículo 2 numeral 4 de la Constitución.

El principio de neutralidad de la red

Son varias las Declaraciones Conjuntas (2011, 2012, 2014, 2019, 2020),  realizadas por el Relator Especial de las Naciones Unidas (ONU) para la Libertad de Opinión y de Expresión, el Representante para la Libertad de los Medios de Comunicación de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) y el Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Organización de los Estados Americanos (OEA), entre otros, que resaltan la importancia de que los Estados reconozcan y protejan la neutralidad de red en miras garantizar el pleno ejercicio de derechos humanos en Internet. En el mismo sentido también se ha manifestado la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en documentos emitidos por la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión[3].

Desde Hiperderecho también hemos abordado la cuestión de la neutralidad de la red. Este principio implica que el tráfico en Internet sea tratado de manera igualitaria, sin importar el origen, destino, dispositivo utilizado, entre otros. Garantiza, de esta manera, que no se degrade el tráfico hacia una determinada página web o aplicación o se bloquee su acceso de manera arbitraria. Como vemos, esta formulación como norma principio permite optimizar su aplicación de acuerdo a las circunstancias: no implica la prohibición absoluta de bloquear páginas webs o algún contenido en Internet que pueda ser ilícito, sino garantiza que el bloqueo o la degradación del tráfico no sea arbitrario y se realice con un mínimo de garantías.

De acuerdo a ello, de la misma forma que se reconoce el derecho de acceso a Internet, se debe también reconocer a la neutralidad de red como un principio constitucional ligado necesariamente al ejercicio de este derecho. De esta manera se garantiza mejor los diferentes derechos que se pueden ejercer gracias a Internet: que se pueda bloquear o degradar el tráfico, de forma arbitraria no solo afecta la libertad de expresión, sino también el derecho que pueda ser ejercido a través de dicha plataforma (pensemos, por ejemplo, en las dificultades del ejercicio del derecho a la educación que traería el bloquear o degradar arbitrariamente el tráfico hacia plataformas como Zoom o Microsoft Teams).

El principio de neutralidad de red, además de impedir injerencias arbitrarias por parte del Estado en el tráfico de red, también protege la competencia y la innovación en Internet (especialmente a los pequeños y medianos emprendedores en tecnología) proscribiendo que las empresas prestadoras del servicio de acceso a Internet, sin mayor justificación, puedan preferir el tráfico hacia determinado servicio. La neutralidad de red es uno de los principios que ayudaron a configurar Internet como lo conocemos hoy en día: esto es, la capacidad de que sean los usuarios finales quienes decidan a qué contenido acceder y cómo priorizarlo, y no que sea el Estado o las empresas de telecomunicaciones que lo decidan.

La neutralidad de red, en este sentido, tiene un trasfondo constitucional innegable porque se torna en condición imprescindible para poder acceder a Internet de manera libre y abierta. En este sentido, consideramos que cualquier reconocimiento constitucional del derecho de acceso a Internet debe incorporar este principio también a nivel constitucional.

Prohibición de los “apagones” de Internet

El “apagar” Internet suele ser una técnica utilizada por Estados poco democráticos para hacer frente a situaciones de protesta o disconformidad social. Así, con motivos de supuesta “seguridad nacional” o “tranquilidad pública”, los gobiernos autoritarios suelen tomar medidas como interrumpir o bloquear el acceso a Internet a países o ciudades enteras. Estas medidas tienden a impedir la libre comunicación y libre circulación de ideas frente a momentos políticos clave (como pueden ser las elecciones o protestas sociales).

De esta manera, se constituye como un estándar interamericano de derechos humanos la prohibición de la interrupción del acceso a Internet aplicada a poblaciones enteras o a segmentos de ella, estando proscrita incluso para supuestos de seguridad nacional.[4] En este sentido, se debe garantizar a nivel constitucional dicha prescripción: el Gobierno no puede tener la posibilidad de “apagar” Internet para toda una población, ello socavaría los cimientos más estructurales de todo Estado Constitucional.

Como mencionamos, el acceso a Internet es interdependiente con otros derechos fundamentales. Que el Gobierno pueda bloquear su acceso a poblaciones enteras o a segmentos de la población es una amenaza constante a múltiples derechos, algo que no puede ser tolerado en sistema democráticos. En este sentido, consideramos que se debe garantizar constitucionalmente dicha prohibición.

Participación multisectorial en la gobernanza de Internet

El desarrollo y evolución de Internet no dependió ni depende exclusivamente de un sector, o del gobierno, o de las empresas, o de la academia, o de organizaciones internacionales. Por el contrario, las decisiones en torno al presente y futuro de Internet involucran la participación de todas estas partes interesadas pues son todas ellas las que construyen y utilizan esta tecnología. En este sentido, el modelo de toma de decisiones en torno a Internet (conocido como gobernanza de Internet) no es jerárquico, sino que busca siempre la participación e involucramiento de estos sectores.

Los Informes de los Relatores para la Libertad de Expresión previamente citados también aborda esta problemática. Así, se ha sostenido que

Los debates abiertos y la participación democrática que deben caracterizar la adopción de normas en Estados democráticos adquieren fundamental importancia en internet donde convergen intereses, oportunidades y capacidades muy diversas. Los actores privados y la comunidad técnica juegan un rol fundamental como desarrolladores, administradores y propietarios de la infraestructura y de las plataformas y aplicaciones a través de las cuales las personas utilizan internet y se desarrollan en ella.[5]

De acuerdo a ello, si se han de tomar decisiones en torno al presente y futuro de Internet, el procedimiento para la toma de decisiones debe garantizar esta participación de las múltiples partes interesadas. Una decisión en torno a Internet nos afecta a todos y todas, por lo tanto el Estado, al reconocer el derecho de acceso a Internet, debe fomentar esta participación multisectorial.

Así, la forma de gobernanza de Internet solo estaría conforme a parámetros constitucionales si es que previamente se ha permitido la participación de todas las partes afectadas o interesadas por ello: la sociedad civil, las empresas, el Estado, la academia y el sector técnico. Por lo tanto, desde Hiperderecho consideramos que la reforma constitucional en torno a la incorporación del derecho de acceso a Internet como un derecho fundamental debe tomar en cuenta la especial forma multisectorial de la gobernanza de Internet.

En buena cuenta, consideramos que si se ha de reconocer el acceso a Internet como un derecho fundamental, se tiene que tomar en cuenta los siguientes puntos: diferenciarlo de la libertad de expresión, proteger la neutralidad de red, proscribir los “apagones” de Internet y propiciar su gobernanza multisectorial. Estas consideraciones harán que el derecho de acceso a Internet sea dotado de un contenido propio que permitan su eficaz tutela en el ordenamiento constitucional peruano.


[1] Ver: Proyectos  de  Ley 3156/2018-CR, 3607/2018-CR, 5600/2020-CR, entre otros.

[2] Pollicino, O. “The Right to Internet Access. Quid Iuris?”. A. von Arnauld, K. von der Decken, M. Susi (eds), The Cambridge Handbook of New Human Rights: Recognition, Novelty, Rhetoric. Cambridge: Cambridge University Press, p. 271. https://www.cambridge.org/core/books/cambridge-handbook-of-new-human-rights/right-to-internet-access/28533B0871DD91BC1C88F66C245A4DAE

[3] Ver: Estándares para una Internet Libre, Abierta e Incluyente, Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, 2017 (http://www.oas.org/es/cidh/expresion/docs/publicaciones/INTERNET_2016_ESP.pdf); Libertad de expresión e Internet, Relatoría Especial para la Libertad de Expresión Comisión Interamericana de Derechos Humanos, 2013, (http://www.oas.org/es/cidh/expresion/docs/informes/2014_04_08_Internet_WEB.pdf)

[4] Declaración conjunta sobre libertad de expresión e Internet. Relator Especial de las Naciones Unidas (ONU) sobre la Promoción y Protección del Derecho a la Libertad de Opinión y de Expresión, Representante para la Libertad de los Medios de Comunicación de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE), Relatora Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (OEA), y Relatora Especial sobre Libertad de Expresión y Acceso a la Información de la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos (CADHP). 1 de junio de 2011.

[5] Estándares para una Internet Libre, Abierta e Incluyente, Op. cit., párr. 53

Conectadas y Seguras: una campaña para promover una internet libre y segura para las mujeres

Este año participamos de la campaña #ConectadasYSeguras organizada por nuestras compañeras de Plan Internacional y que incide sobre como el acoso en línea afecta a las adolescentes y las mujeres jóvenes en más de 22 países. Esta campaña tiene diversos objetivos. Entre ellos, concientizar a la población sobre el impacto del acoso en internet en la vida de niñas y adolescentes y movilizar a gobiernos y las empresas de medios sociales para que tomen medidas activas para poner fin a la violencia y el acoso. 

Desde Hiperderecho, nos sumamos a la campaña mediante la realización de tres videos junto a Plan Internacional y el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Estos videos fueron dirigidos a mujeres jóvenes y buscan enviar el mensaje de que internet es un espacio que nos pertenece y en el que tenemos el derecho a vivir libres y seguras. La campaña audiovisual buscó también difundir consejos de seguridad digital o autodefensa digital que son fundamentales para mejorar nuestra privacidad y para que podamos aprovechar a la tecnología como una aliada en la lucha contra la violencia.   

Primer video: Ciberacosadores

El primer video busca crear conciencia sobre cómo los acosadores utilizan la tecnología para acercarse a mujeres jóvenes y hacerlas sentir inseguras en estos espacios. Sin embargo, reafirmamos que las mujeres no nos iremos de Internet porque Internet también es nuestra. Con este mensaje, buscamos evitar que se amplíe la brecha digital de género que se genera cuando las mujeres viven acoso en internet y deciden dejar de usar internet como una medida para evitar ser violentadas. Por ello, también brindamos consejos de seguridad digital en el video que buscan promover la importancia de utilizar la configuración de privacidad y seguridad en las redes sociales para mantener a las personas que te quieren hacer daño, lejos de ti.

https://www.facebook.com/278044755628860/videos/1729387557227521

Recuerda: Si te encuentras en una situación de acoso o acoso sexual en internet, recuerda que no es tu culpa y que es un delito. Descarga esta guía urgente de Hiperderecho o visita el centro Tecnoresistencias para identificar los pasos que debes seguir para denunciar. También aquí compartimos consejos de seguridad digital que te pueden ayudar a protegerte ante situaciones de acoso. 

Segundo video: Sexting es consentimiento

El segundo video busca crear conciencia sobre la libertad sexual que debemos tener todas las mujeres que utilizamos internet. Es clave entender que mientras que el sexting – o el intercambio de imágenes íntimas – se realice con libertad, confianza y sobre todo, consentimiento, no es violencia y es un acto del libre ejercicio de la sexualidad. Sin embargo, este intercambio puede tornarse violento si alguien te presiona para hacerlo mediante amenazas o manipulación, o si traicionan tu confianza y comparten esa foto con alguien más. Aquí te explicamos más sobre sexting. 

En el video también buscamos mostrar buenos hábitos para proteger la privacidad de quienes envían las fotos. Por ejemplo, después de que la protagonista indica explícitamente que quiere que la foto sea eliminada, su pareja lo hace segundos después de haberla visto. Esto, además de promover masculinidades responsables en cuanto a cómo los hombres se relacionan con contenido explícitamente sexual, busca promover la eliminación de contenido íntimo de los dispositivos como una buena estrategia de seguridad digital. Lee más sobre qué aplicaciones utilizar y las diversas maneras que existen para cuidarte utilizando la tecnología cuando practicas sexting. 

https://www.facebook.com/278044755628860/videos/674581580100618

Recuerda: Si te encuentras en una situación de difusión de imágenes íntimas sin tu consentimiento, no es tu culpa y es un delito. Descarga esta guía urgente de Hiperderecho o visita el centro Tecnoresistencias para identificar los pasos que debes seguir para presentar una querella ante el Poder Judicial. También te recomendamos que visites la web de Acoso.Online para aprender cómo dar de baja el contenido de las plataformas donde esté circulando. 

Tercer video: Los viralizadores 

Finalmente en el tercer video hablamos de los viralizadores – aquellas personas que reenvían o comparten imágenes íntimas de una persona a pesar de que ella no ha dado su consentimiento para que esa foto sea pública. Cuando hablamos de violencia, es clave hablarles a estas personas también, porque son ellas quienes hacen posible que la imagen viaje más rápido y se difunda de manera masiva en Internet. Por lo tanto, con este video promovemos que exista un compromiso social de no enviar estas fotos, eliminarlas apenas las recibimos e indicarle a quien nos la envió que está participando de un acto violento que causará daño y sufrimiento en la vida de otra persona.

En este video también difundimos consejos de seguridad digital para mitigar los riesgos que enfrenta una mujer, cuando ejerce su sexualidad en una sociedad machista. No porque ella sea responsable por la violencia a la que la someten, sino porque es importante que conozca que tiene opciones para cuidarse y proteger su identidad. Descarga la guía de Coding Rights para conocer más tips. 

https://www.facebook.com/278044755628860/videos/1259813077713345

Recuerda: Si difundes, compartes o re-envías la imagen íntima de otra persona en internet, estás ejerciendo violencia. Visita el centro Tecnoresistencias para aprender más sobre este tipo de violencia y para que no contribuyas a ella.

Con estos videos, buscamos que sean cada vez más las personas que reconozcan que Internet también es nuestra; que es nuestro derecho estudiar, trabajar, disfrutar y tener vida social en estos espacios sin que nadie nos acose por hacerlo; y que nuestra internet también será feminista. Sumate a esta lucha y rompamos juntxs el ciclo de la violencia de género en internet. 

Puedes encontrar todos los videos en las redes sociales de Hiperderecho, Plan Internacional y el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.

21 de octubre: Presentamos el informe anual ¿Quién defiende tus datos?

Este miércoles 21 de octubre a las 6 pm presentaremos nuestro informe anual ¿Quién defiende tus datos?. Para hacerlo, Carlos Guerrero, Director de Políticas Públicas de Hiperderecho y Veridiana Alimonti(organización) estarán conversando en vivo este miércoles acerca de los hallazgos del informe y su contexto regional.

Sobre ¿Quién defiende tus datos?

El reporte “¿Quién defiende tus datos” (QDTD) es un instrumento de análisis cualitativo que identifica cuáles son las prácticas de las empresas que proveen acceso a Internet respecto de la protección de la privacidad de sus usuarios. Su finalidad es ofrecer información comparativa que permita a los usuarios de estos servicios conocer qué empresas emplean las mejores prácticas a la hora de proteger el secreto de sus comunicaciones e informar sobre la forma en que sus datos personales se usan y son compartidos con terceros, especialmente con agentes u oficinas del gobierno. Los resultados también buscan motivar a las empresas a mejorar dichas prácticas y convertirlas en un elemento diferenciador de sus servicios en el mercado.

¿Cómo participar?

El evento se transmitirá en vivo a través de nuestra fanpage.

 

Participa del Concurso de Artículos Jurídicos de Historial.pe

Hace unos días Hiperderecho anunció el lanzamiento de Historial.pe, el primer repositorio de jurisprudencia peruana sobre Internet. Este esfuerzo busca difundir este conocimiento tan importante en la comunidad jurídica del país y de esa manera hacer más sencillo el ejercicio de pensar la tecnología desde su tratamiento legal. En esa lógica, hemos decidido organizar un Concurso de Artículos Jurídicos, dirigido a estudiantes de todas las facultades de Derecho del país, los que deberán emplear los casos recogidos en Historial.pe para participar.

¿Cómo participar?

Pueden participar todos los estudiantes de pregrado de Facultades de Derecho del Perú o, si son egresados, que hayan concluido sus estudios en los 12 meses anteriores a la publicación de estas bases. Aunque no es necesario estar matriculado en el presente ciclo, sí se requerirá probar la condición de estudiante. Tampoco hay restricciones de nacionalidad, siempre y cuando sea estudiante de una Facultad de Derecho peruana.

Quienes cumplan con estos requisitos, podrán enviar sus artículos jurídicos que deberán seguir las siguientes reglas:

  • Trabajos originales e inéditos, que no han sido publicados parcial o totalmente en ninguna otra parte, incluido Internet.

  • Abordar temas de relevancia jurídica para la sociedad peruana y/o latinoamericana.

  • Utilizar una o más de las decisiones jurisdiccionales contenidas en la bases de datos de casos del sitio web Historial.pe.

  • Deben tener una extensión mínima de 6000 palabras y máxima de 8000 palabras, escritas en letra Arial 11 y a espacio simple.

En esta oportunidad y gracias al apoyo de Google y la Asociación Civil Themis, Hiperderecho otorgará premios en efectivo a los tres primeros lugares, además de darles la oportunidad de publicación de sus trabajos en el número 79° de la Revista THEMIS, que aborda temas relacionados a la tecnología. La escala de premios es la siguiente:

  • 1er lugar: 600 dólares americanos, diploma y publicación en el número 79° de la Revista THEMIS (sujeto a evaluación)

  • 2do lugar: 300 dólares americanos, diploma y publicación en el número 79° de la Revista THEMIS (sujeto a evaluación)

  • 3er lugar: 100 dólares americanos, diploma y publicación en el número 79° de la Revista THEMIS (sujeto a evaluación)

Del mismo modo, se entregarán menciones honrosas y es posible que luego de finalizado el Concurso, solicitemos a algunos participantes su permiso para publicar sus trabajos como parte del conjunto de análisis que forman parte del proyecto de Historial.pe.

¿Quieres saber más?

Los requisitos de extensión, forma, criterios de evaluación, así como otros relacionados pueden ser consultados en las bases del Concurso, que se encuentran en el sitio web de Historial.pe. Para cualquier otra consulta relacionada al Concurso, puedes escribir a concurso(arroba)hiperderecho.org.

 

 

Presentamos Historial.pe: El primer repositorio del Perú que sistematiza la jurisprudencia nacional sobre Internet y las nuevas tecnologías

Ponemos a disposición de la comunidad este repositorio con el propósito de visibilizar la forma cómo las entidades administrativas y los tribunales peruanos entienden y regulan la tecnología que utilizamos a través de sus decisiones

¿Cómo nace este proyecto? 

Desde 2013, Hiperderecho dirige un esfuerzo contínuo por investigar, facilitar el entendimiento público y promover el respeto de los derechos y libertades en entornos digitales. Con este fin, a lo largo de todos estos años hemos emprendido todo tipo de proyectos, muchos de ellos enfocados en la regulación y las políticas públicas que afectan a Internet y las nuevas tecnologías en el país.

Dicho trabajo no es sencillo. No solo porque trabajar sobre estos temas es complejo, sino porque muchas veces las materias primas que nutren nuestros análisis (las leyes, los proyectos, los planes) no se encuentran fácilmente, están ausentes o incompletas en los repositorios del Estado. En el génesis de Hiperderecho, nuestro problema más grande era encontrar y dar seguimiento a los proyectos de ley sobre tecnología del Congreso.

Para facilitar esta tarea, pero también para ofrecer valor a nuestra comunidad, en 2014 creamos Proyectosdeley.pe, una aplicación web que muestra en forma ordenada y accesible esta información. A partir de allí, a medida que crecimos y se diversificaron nuestros intereses, seguimos apostando por ofrecer tecnología de este tipo. Así, en los últimos seis años hemos desarrollado y liberado las plataformas Pidela.info, Tecnoresistencias y SonMisDatos, que buscan atender las necesidades de los diferentes públicos a los que servimos.

Historial.pe es la respuesta a las necesidades de información jurisprudencia sobre temas relacionados a Internet y las nuevas tecnologías que experimentan abogados, litigantes y afectados. Durante nuestra labor de incidencia a través de las vías judiciales y administrativas, hemos percibido que existe un desconocimiento generalizado sobre la forma cómo nuestro aparato de justicia razona sobre estas materias. Por ejemplo: ¿Los jueces consideran a Internet como un medio de comunicación social? ¿Es posible ordenarle a un buscador de Internet que borre información difamatoria? ¿Si compro un producto a través de un intermediario de Internet y me llega defectuoso, quién se hace responsable?  

Aunque no lo creas, todas las preguntas anteriores ya han sido respondidas, tanto en nuestros tribunales de justicia como en entidades administrativas como el Indecopi y la Autoridad de Protección de Datos Personales. El problema, como siempre, es que esta información (cuando existe) no está disponible o para conseguirla hay que sortear diferentes obstáculos. De allí la necesidad de tomarla y ofrecerla en un formato sencillo de consumir para todo el mundo. 

¿Qué puedo encontrar en Historial.pe?

Son dos los elementos que conforman el valor de Historial.pe. El primero es el repositorio que, al momento de su lanzamiento, contiene 61 piezas de jurisprudencia nacional sobre diferentes temas relacionados a Internet y las nuevas tecnologías, las que además pertenecen a diferentes instituciones: Poder Judicial, Indecopi, Autoridad de Protección de Datos Personales, Tribunal Fiscal, etc. Esta base de datos puede ser descargada íntegramente para su consulta, pero además se puede navegar por ella dentro del sitio web a través de un sistema de búsqueda por palabras clave.

El segundo es un pequeño conjunto de artículos que analizan de forma comprehensiva la jurisprudencia del repositorio, con el propósito de otorgar una mirada integral de cómo han entendido nuestras autoridades a la tecnología en sus diferentes facetas. Estos artículos se irán subiendo periódicamente, pero a finales de este año deberían encontrarse todos los enlaces disponibles en la sección de “Análisis”. El orden de publicación se basa en la categorías de temas que contiene el repositorio. Aunque esta lista aún es preliminar, se compone de los siguientes ámbitos: Protección de Datos Personales, Protección al Consumidor, Derechos de Autor, Competencia Desleal, Publicidad en Internet y Derechos Humanos. 

Concurso de artículos jurídicos

Junto con el lanzamiento de Historial.pe, queremos anunciar la celebración de nuestro primer “Concurso de Artículos Jurídicos”, un evento que busca atraer a la comunidad de estudiantes de Derecho del país a esta iniciativa, para que la conozcan y la hagan suya. El objetivo es sencillo: Tomar el repositorio, escoger uno o más casos y redactar un artículo sobre los temas abordados, analizando las implicancias que tiene para el Derecho la aparición de las nuevas tecnologías y cómo estas se han visto reflejadas o no en las decisiones jurisdiccionales. En esta edición, se entregarán premios en efectivo a los primeros lugares y existe la posibilidad de que sus trabajos sean publicados en la prestigiosa Revista THEMIS. Para más información de cómo participar, puedes consultar las Bases aquí

 

Colectiva por la Libre Información de Las Mujeres y el Derecho a Informar: el derecho a informar e internet

Como parte de nuestra serie Internet Somos Todxs, estamos presentando la experiencia de personas usando creativamente Internet y explorando sus fronteras. Pueden ver el ciclo de videos completos desde nuestro canal de Youtube.

En esta entrega, conversamos con la Colectiva por la Libre Información para las Mujeres (CLIM) acerca de los derechos reproductivos y la internet. CLIM es una organización que desde el 2010 brinda información sobre aborto seguro y los derechos de las mujeres. Para CLIM, internet es una gran herramienta que permite producir y acceder a información que es beneficiosa para los derechos de las mujeres. Sin embargo, a pesar de hacer los esfuerzos necesarios para visibilizar su trabajo en línea, CLIM se ha enfrentado con diversas amenazas ante lo cual ha tenido que potenciar su seguridad digital.

Sin el uso del internet, crear una comunidad de apoyo entre mujeres en línea sería un reto mucho más difícil, por eso CLIM sigue trabajando para construir un espacio seguro donde las mujeres puedan apoyarse y cuidar su salud reproductiva de manera consciente y abierta. 

 

Video: Victor Ybazeta

 

¡Vota por Hiperderecho en los Good ID Awards 2020!

Hiperderecho ha sido nominado al concurso Good ID Awards 2020 en la categoría promoción de la rendición de cuentas por su trabajo en identidad digital en Perú. Este premio busca reconocer las mejores iniciativas alrededor del mundo estudiando e impactando cómo entendemos la identidad digital.

¿Qué es Good ID?

Good ID es un movimiento global que promueve los buenos sistemas de identidad digital y agrupa personas, organizaciones, empresas y gobiernos que abogan por dignidad digital, protección de datos, tecnologías centradas en el humano y programas de identificación de calidad.

¿En qué consiste la categoría de accountability ?

La categoría promoción de la rendición de cuentas o “accountability” reconoce el trabajo de personas y organizaciones en promover la transparencia, entendimiento público y responsabilidades en el despliegue de sistemas de identidad digital en el mundo. Esta es la primera edición de los GoodID Awards, bajo el patrocinio de Omidyar Network.

¿Qué es lo que ha desarrollado Hiperderecho en esta área?

Hiperderecho ha trabajado en una serie de iniciativas y proyectos de identidad digital y rendición de cuentas en el pasado:

En el 2018, publicamos el reporte Identidad Biométrica en Perú que busca entender y explicar el complejo sistema de intercambio de huellas digitales, fotografías y datos personales entre privados y público en Perú.

En el 2019, gracias a una denuncia de Hiperderecho, la ONPE fue multada por la Autoridad de Protección de Datos tras no adoptar medidas de seguridad para cuidar el padrón de 22 millones de electores. Hemos identificado y denunciado varias filtraciones de datos personales en sistemas estatales, que abarcaban las fotografías, nombres completos y demás datos de más de 20 millones de personas.

En el 2020, Hiperderecho colaboró en el reporte y alerta sobre la suplantación de beneficiarios del Bono Familiar Universal a través de una página web de RENIEC.

Hiperderecho también presentará este mes dos informes completos sobre cómo funciona el sistema de identidad digital en Perú: desde el punto de vista legal y técnico.

Como parte de este mismo proyecto de investigación, estamos llevando a cabo una serie de actividades de incidencia ante RENIEC y la Dirección General de Protección de Datos Personales que buscan entender mejor la relación entre las normas de protección de datos y el sistema de identidad digital del país.

Vota por Hiperderecho

Vota por nosotros siguiendo este enlace 

 

¿Qué nos dice ’No al Acoso Virtual’ sobre el perfil de las víctimas y agresores de la violencia de género en línea en el Perú?

Seguimos con nuestro análisis sobre las tendencias que encontramos en las estadísticas levantadas por la plataforma No al Acoso Virtual, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) entre febrero 2018 y junio 2020. 

 

En el post anterior, hablamos sobre cómo los datos registrados de manera voluntaria hasta junio del 2020 alcanzan los 2580 casos de acoso virtual. La mayoría de casos de acoso en internet ocurren en Facebook (73%) y otras redes sociales de manera diaria. También que el registro de casos de violencia en internet ha aumentado durante la pandemia con 143 casos por mes. Encontramos también que la metodología empleada para recoger los datos probablemente ha llevado a un subregistro de casos, especialmente de los casos de violencia sexual en internet.

 

En este post analizamos lo que los datos de la plataforma nos dicen sobre el perfil de quiénes viven violencia en internet y de las personas que las atacan en el Perú. También comentamos sobre los datos que el MIMP está recogiendo sobre las víctimas por medio de la plataforma para inferir esta información y cómo está siendo utilizada. 

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Alejandra Ballón: memoria colectiva e internet

Como parte de nuestra serie Internet Somos Todxs, estamos presentando la experiencia de personas usando creativamente Internet y explorando sus fronteras. Pueden ver el ciclo de videos completos desde nuestro canal de Youtube.

En esta entrega conversamos con Alejandra Ballón, artista, antropóloga social y feminista. Ella viene investigando las esterilizaciones forzadas que ocurrieron durante el gobierno del ex presidente Alberto Fujimori, a través del Programa Nacional de Salud Reproductiva y Planificación Familiar (PNSRPF) durante 1995 y 2001. A través del cual muchas mujeres, en situación de vulnerabilidad, fueron esterilizadas en contra de su voluntad.

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