¿Dónde radica realmente nuestra sensación de inseguridad? Caminamos por la calle mientras somos observados por cámaras de vigilancia públicas y privadas. Nuestros desplazamientos, llamadas y datos de navegación por Internet son registrados también por las empresas de telecomunicaciones. Muchas operaciones diarias como hacer un depósito en el banco o comprar una línea telefónica requieren ahora de nuestra huella digital. Todas estas medidas, estos pasos adicionales que a veces son una verdadera molestia, han sido pensados con el fin último de hacernos sentir más seguros. En algunos casos por iniciativa propia, en otros por obligación legal, hemos ido cediendo poco a poco pequeñas parcelas de intimidad sin preguntar por qué o para qué. Nos hemos acostumbrado a pensar que el precio de tener seguridad es renunciar a una parte de nuestra privacidad.
Durante los últimos diez años, muchas políticas públicas en materia de seguridad ciudadana han consistido en sacrificar la privacidad de todos los peruanos casi de forma inopinada. Parece mentira pero hubo un tiempo no muy lejano en el cual la intervención de las comunicaciones era una situación de excepción, aplicable solo a delitos muy graves. También donde la información sensible de una persona como sus desplazamientos o huellas digitales eran casi inaccesibles a terceros. Como una ola imparable, las políticas de seguridad han borrado sistemáticamente las diferencias que se tenía sobre lo que es privado y lo que es público. El paradigma máximo de esta tendencia son ahora las “ciudades inteligentes” donde todo lo que pasa en el ámbito urbano es registrado y medido, y los “servicios inteligentes” como filtros que sirven para excluirnos y separarnos en base a nuestros datos. Hoy estamos más observados que antes. Corremos el peligro de acostumbrarnos a que en los próximos años solo vamos a continuar renunciando a nuestra privacidad.
Una de las mayores disputas “marcarias” de todos los tiempos se está desarrolla en ningún tribunal. En el seno de la Corporación de Internet para la Asignación de Nombres y Números (en inglés ICANN), una organización sin fines de lucro domiciliada en California, se enfrentan a la transnacional Amazon y a una serie de gobiernos liderados por Brasil y Perú en torno al registro de la terminación de dominios “.amazon”. En el medio de todo se mezclan historias de espionaje, acusaciones de corrupción y reivindicaciones sociales.
Lo que debe saber antes
Es posible que al leer el título de este artículo te preguntes qué es un nombre de dominio. No te preocupes, si estás leyendo esto en Internet, solo tienes que mirar más arriba, en la barra de búsqueda. ¿Lo encontraste? El nombre del sitio web, sí, ese es el nombre de dominio. En líneas generales, un nombre de dominio es la representación de una marca en Internet, a través de la cual se puede acceder al contenido (productos, servicios) que esta ofrece.
A inicios de abril, participamos de la Cuarta Mesa de Trabajo sobre Acoso Virtual en el Congreso de la República, organizada por el despacho del congresista Alberto de Belaúnde, junto a representantes de otras instituciones públicas y colectivos sociales. En esta ocasión tuvimos la oportunidad de presentar nuestro informe “Conocer para resistir: Violencia de Género en Línea en Perú” y aprendimos mucho sobre lo que se está y no se está haciendo para combatir esta problemática en el país. Este es un resumen de lo que escuchamos y aprendimos.
¿Qué es la Mesa de Trabajo sobre Acoso Virtual?
Este ciclo de Mesas de Trabajo empezó en el año 2017 por iniciativa del congresista Alberto de Belaúnde, posteriormente, con el apoyo del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), con el objetivo de discutir soluciones a la problemática del acoso virtual. Hiperderecho ha participado desde la primera reunión y hemos notado cómo se ha ido profundizado en el tema cada vez más. En la primera Mesa de Trabajo se conversó sobre qué entendíamos por acoso virtual y cómo la sociedad civil estaba respondiendo a las diversas denuncias, mientras que en la segunda y tercera se reconoció la necesidad de generar datos concretos. Es así como nace la plataforma No al Acoso Virtual del MIMP, la cual ha estado recogiendo datos y denuncias sobre distintas modalidades de violencia en línea desde el año pasado.
Este martes 7 de mayo Conexiones con Rafael Muente, Presidente de OSIPTEL. El evento será a las 7 p.m en la biblioteca de Fundación Euroidiomas (Calle Libertad 130, Miraflores). Ingreso libre previa inscripción.
Esta semana se reportó el primer accidente producido por una scooter eléctrica alquilada en la ciudad de Lima. Ante ello, diferentes voces se han pronunciado sobre la situación legal de estos vehículos, que existen en todo el país pero solo en ciertos distritos de la capital pueden alquilarse por minutos a una empresa. A continuación, presentamos toda la información que deberías conocer antes de tomar una posición al respecto.
¿Los scooter eléctricos están regulados?
Una tecnología no necesita estar regulada específicamente (bajo ley especial) para que existan responsabilidades y consecuencias de su uso, a nivel penal, civil y administrativo. En el accidente que comentamos, será el Ministerio Público quien determine cómo acusar a quien lo provocó y la víctima también podría solicitar una reparación por daños en los tribunales civiles.
En el último episodio de Conexiones hablamos con Majo Vargas, comunicadora creadora de La Majopedia, un espacio dedicado a comunicar tecnología, productividad y consejos para una vida más fácil y ordenada.
Augusto nos habló sobre su experiencia como un abogado trabajando en redacciones periodísticas, además de cómo ha cambiado la difusión de información y opiniones con internet. También conversamos sobre Comité de Lectura, su proyecto para difundir información de calidad encontrado en la web.
Esta edición de Conexiones se grabó en el espacio de Crack The Code, un centro de enseñanza de tecnología para niños y adolescentes. Pueden visitar el sitio web de Crack The Code para saber más del proyecto.
Sobre Conexiones
Conexiones es nuestro podcast mensual sobre tecnología y sociedad. En cada edición conversamos con una persona diferente sobre su experiencia con tecnología.
A inicios del mes de marzo se presentó en el Congreso una norma para modificar el delito de difamación y considerar como agravante que este se realice por medio de las redes sociales. La pena máxima se aumentaría hasta cuatro años, tanto por este medio como a través de libro, la prensa y otros medios de comunicación sociales.
¿Qué dice el Proyecto de Ley?
El Proyecto de Ley N° 3990/2018-CR, presentado por el parlamentario Carlos Domínguez de la agrupación Fuerza Popular, busca modificar el artículo 132 del Código del Código Penal, que regula la difamación. Su objetivo es hacer explícito que la difamación, entendida como atribuir a una persona, un hecho, una cualidad o una conducta que pueda perjudicar su honor o reputación, también deba castigarse cuando se realiza a través de redes sociales. Así mismo, propone que tanto para estos casos como para cuando la difamación se realiza a través del libro, prensa u otro medio de comunicación social la pena se aumente de tres a cuatro años.:
La modificación propuesta haría que la norma quede así:
Código Penal, Artículo 132.— El que, ante varias personas, reunidas o separadas, pero de manera que pueda difundirse la noticia, atribuye a una persona, un hecho, una cualidad o una conducta que pueda perjudicar su honor o reputación, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de dos años y con treinta a ciento veinte días-multa. (…) (…)
Si el delito se comete por medio del libro, la prensa, medio de comunicación y/o red social, la pena será privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años y de ciento veinte a trescientos sesenta y cinco días-multa, además el autor del hecho será reprimido con pena de inhabilitación prevista en los incisos 4 y 8 del artículo 36.
Para respaldar esta iniciativa, quienes la proponen sostienen que las redes sociales se han convertido en “una ventana expuesta y sin vigilancia, en la cual, se puede decir de todo, sin filtro” y que es necesario modificar el delito de difamación pues estos espacios carecen de todo control y regulación, además de que su impacto en la sociedad es creciente.
¿Es necesaria la modificación?
Como es muy común en propuestas sobre tecnología, quienes han redactado la Exposición de Motivos recaen en un viejo error: considerar que lo que ocurre en Internet, en este caso las redes sociales, es un terreno lejos del alcance de las normas. Desde hace varios años en Hiperderecho venimos insistiendo que todos esos “nuevos” servicios que van apareciendo (Uber, Airbnb, etc.) son alcanzados ya por muchas regulaciones existentes, incluidas las leyes peruanas.
En este caso específico, afirmar que la difamación hecha en redes sociales no es un delito es incorrecto porque en muchos casos ya lo es. La redacción actual del Código Penal ya considera como una modalidad agravada de difamación cuando se comete a través de un “medio de comunicación social.” Aunque los límites de esta expresión no están definidos del todo, bien puede comprender una cuenta de redes sociales siempre que pertenezca a un medio de prensa o tenga un alcance equivalente al que puede tener un libro o la prensa. Ciertamente, Internet es un nuevo espacio y presenta características particulares (pseudonimato, ubicuidad, contenido efímero) que dificultan la tarea de investigar y descubrir quiénes pueden estar detrás cometiendo delitos. No obstante, eso no equivale a decir que no se cometen o que no se puede castigar a los que lo hacen. Solo por este motivo, este Proyecto de Ley debería ser archivado pues no es necesario agregar cada nuevo escenario en donde se puede cometer la difamación, basta con definir bien la conducta y eso ya está hecho.
El Proyecto de Ley no solo incluye a las redes sociales como un espacio más para castigar la difamación (innecesario, como ya dijimos). También señala que su uso convierte el delito en agravado, al mismo nivel que la difamación realizada a través de libros, prensa y medios de comunicación social. También cambia el máximo de la pena, de tres a cuatros años en todos los casos agravados. Este parece ser el verdadero cambio cuya conveniencia habría que analizar con otros argumentos (por ejemplo: la incidencia de estos delitos, su repercusión en la sociedad, etc.), que lamentablemente no se ofrecen en la Exposición de Motivos. El que la pena máxima de la difamación por medios de comunicación sea cuatro años hace también más posible que se ordene prisión efectiva y no solo reparación económica contra quienes cometen estos hechos.
Una discusión revivida acerca de la naturaleza de Internet
Un ángulo interesante del Proyecto de Ley es que asume que las redes sociales deben ser reguladas independientemente porque no estarían incluidas en la categoría de “medios de comunicación social”, que ya existe como forma agravada en el delito de difamación. Esto puede deberse en parte a que los proponentes consideran que debe resaltarse a las redes sociales frente a otras, pero también podría beber de una discusión anterior sobre la naturaleza jurídica de Internet.
Tal como se puede observar en esta columna de Antonio Rodríguez Lobatón, escrita a propósito de una querella por difamación que se volvió famosa, hace diez años tampoco estaba claro si un elemento de Internet (para ese caso, los blogs) era equivalente a un medio de comunicación social. Si bien algunos jueces parecían darlo por sentado, el Tribunal Constitucional en diferentes fallos había caracterizado a los medios de comunicación social como instituciones que existen en un espacio específico y tienen vida propia independiente de sus fundadores o trabajadores. Por supuesto, estas definiciones no aplicaban para la mayoría de blogs y probablemente tampoco para Facebook o Twitter. En la actualidad, podría decirse que para estos últimos sigue sin aplicarse dicha definición, pues las redes sociales no se reconocen a ellas mismas como medios de comunicación sino como plataformas en donde se produce aloja contenido.
¿El Proyecto de Ley ha tenido en cuenta este detalle? Algo que se menciona también en la columna citada anteriormente es lo que podríamos considerar un antecesor de esta norma. En 2009 se presentó el Proyecto de Ley N° 02971, tristemente conocido como “Ley Mordaza”, que entre otras cosas, requería también modificar el texto del delito de difamación para que dijera lo siguiente:
Artículo 132.- Difamación
(…) Si el delito se comete por medio del libro, la prensa u otro medio de comunicación social, incluido el periodismo digital a través de la Internet, la pena privativa de la libertad será no menor de uno ni mayor de tres años y de ciento veinte a trescientos sesenta y cinco días multa.
Finalmente, por presión social dicho proyecto no prosperó y fue retirado, pero ya reflejaba cierta preocupación respecto de sancionar la difamación hecha a través de Internet. Habría sido importante que los proponentes de la norma que nos ocupa ahora hubieran expresado su opinión respecto de esta polémica.
Innecesaria y desproporcionada
No existen suficientes elementos que sustenten la necesidad y proporcionalidad de modificar el delito de difamación en los términos que dicta el Proyecto de Ley. Resulta innecesario y contraproducente regular escenarios o herramientas específicas en la tipificación de los delitos. En este caso, no ha quedado evidenciado por qué es necesario que se coloque “redes sociales” como categoría, siendo que existen categorías más amplias que quedarían fuera, por ejemplo: Internet.
Así mismo, creemos que el Proyecto de Ley no ha tomado en cuenta otros proyectos anteriores y las discusiones que han surgido a partir de ellas. No está demás prevenir posibles usos abusivos de la norma, que podrían generar perjuicio a los usuarios de Internet en el país.
Creemos que nuestro país debe de avanzar hacia la despenalización de los delitos de opinión, que son a menudo utilizados con fines de hostigamiento y mecanismo de censura para la prensa. Aunque existe y pueden continuar existiendo multas y reparaciones civiles, llegar al extremo de privar de la libertad a alguien por su opinión es desproporcionado sobre todo cuando alcanza a cualquier usuario de redes sociales, sin importar el alcance que su mensaje tenga. Una sociedad democrática solo puede serlo en tanto sea capaz de tolerar a quienes piensan distinto.
Este proyecto de ley se encuentra actualmente bajo estudio en la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, que preside el parlamentario Alberto Oliva de la bancada Peruanos por Kambio.proyecto_ley_difamacion_redes_sociales
Nuestro ciclo mensual Conexiones continúa la próxima semana. Este próximo jueves 11 de abril tendremos la edición número 15 con Majo Vargas Bianchi, publicista y creadora de La Majopedia.
Majo estudió comunicación y publicidad pero, en sus ratos libres, quiere ayudarnos a tenerle menos miedo a la tecnología. Desde hace un año, a través de su proyecto La Majopedia busca acercar la tecnología y la productividad a todos con una pizca de sacarsmo y mucho humor. Ella conversará con Miguel Morachimo de Hiperderecho sobre curiosidad, tecnología, las dudas más frecuentes que tenemos los peruanos al usar la tecnología, las historias de Instagram y su interés compartido por saberlo y explicarlo todo.
Conexiones es un ciclo de conversaciones mensuales con las ideas, personas y proyectos más interesantes del ecosistema tecnológico local. En cada edición conversamos con un invitado o invitada sobre su relación con la tecnología, cómo la incorpora en su trabajo y hacia dónde cree que va. Cada edición es grabada y publicada como podcast y también como audio en Youtube. Puedes escuchar nuestro capítulo anterior, donde tuvimos como invitado a Augusto Townsend y conversamos sobre Derecho y periodismo.
Vivimos en uno de los países con el mayor número de asesinatos, violencia y hostigamiento por motivos de género en el mundo, y en los últimos años, también nos enfrentamos al aumento de violencia en línea basada en el género. Como hemos explorado en otros artículos, este tipo de violencia puede llevar a la autocensura, el trauma psicológico y aumenta el riesgo de violencia física para mujeres y personas LGBTIQ+. Sin embargo, las personas que sufren de esta forma de violencia en su día a día, sienten que no tienen el respaldo del sistema de justicia.
Entre las razones por las que las personas deciden no denunciar, encontramos que no existe claridad sobre si el Estado puede protegernos de la violencia en línea. Además, la impunidad alrededor de la violencia de género ha causado que la mayoría de personas pierdan la confianza en el sistema legal. Como nos indica la socióloga Liz Meléndez, muchas mujeres han dejado de creer en el sistema de justicia y se resignan a no denunciar para evitar la revictimización, vergüenza y maltrato que el proceso supone.
En Hiperderecho creemos que es fundamental que las personas se acerquen a denunciar estos hechos. Solo así podremos lograr que el sistema de justicia entienda la urgencia de capacitar a sus operadores, y que a nivel cultural y social, las personas consideren a la violencia en línea una forma de violencia grave. Si no sabes por dónde empezar, aquí te presentamos tres estrategias que puedes usar para denunciar la violencia en línea.
Estamos formando un nuevo equipo de trabajo para desarrollar un proyecto enfocado en combatir la violencia de género en línea en Perú. Este taller busca generar ideas y propuestas de incidencia a partir de una metodología de creación colaborativa, cuyo proyecto final será financiado hasta por un monto de mil ($1000) dólares. Si quieres formar parte del equipo que pensará y llevará a cabo este proyecto, postula a través del siguiente formulario hasta el 3 de abril.
En colaboración con la Fundación Ciudadanía Inteligente, Hiperderecho partició en el mes de febrero de la Escuela de Incidencia 2019, un espacio pensado para formar líderes en América Latina a través de la transmisión de conocimientos y metodologías colaborativas para la realización de proyectos. Uno de los objetivos de la Escuela es que los participantes repliquen dicha iniciativa a partir de problemas previamente identificados y conformen sus propios equipos de trabajo.
¿Por qué un taller sobre violencia de género en línea?
En el 2018, iniciamos una investigación sobre violencia de género en línea en Perú: Conocer para resistir, como parte de nuestro proyecto Tecnoresistencias. Este es un espacio de autodefensa digital donde ofrecemos información legal y recursos útiles para que más personas puedan conocer sus derechos y mejorar sus hábitos de seguridad y privacidad en línea.