El pasado 20 de enero el Ejecutivo publicó el Decreto Legislativo que modificó el Código Procesal Penal, a fin de eliminar el requisito de revisión de celulares y laptops sin orden judicial en dos supuestos. Primero, en caso de flagrancia delictiva para tres delitos: extorsión, sicariato y secuestro; y, segundo, en casos de equipos detectados al interior de los establecimientos penitenciarios. Si bien la finalidad clara de esta medida es la seguridad ciudadana, no es menos cierto que disminuir garantías de debido proceso abre la puerta a un problema igual de preocupante: el aumento de los poderes y facultades intrusivas, de vigilancia y control en las libertades sin mayor rendición de cuentas o control ciudadano.

Coordinadora Legal (Políticas Públicas)





