
El pasado 15 de abril sesionó la Mesa de Trabajo sobre el derecho al olvido en la sede del Parlamento Andino, en la cual se expuso y discutió un borrador del Proyecto de Marco Normativo sobre el Derecho al Olvido Digital.
Desde Hiperderecho, Dilmar Villena, nuestro Director Ejecutivo, participó en la mesa de diálogo. Asimismo, a solicitud del Parlamento Andino, enviamos el viernes 19 de abril nuestros comentarios sobre el Proyecto. A raíz del citado evento y atendiendo a las reflexiones vertidas, a continuación enunciamos algunas recomendaciones a tener en cuenta al momento de regular el derecho al olvido.
Definir el derecho al olvido
Los proyectos que se han planteado sobre derecho al olvido en el Perú, como el citado Proyecto del Parlamento Andino o el Proyecto de Ley 4708-2022/CR, tienen como base el Expediente 03041-2021-PHD (Miguel Arévalo Ramírez vs. Google y otros). En este, el Tribunal Constitucional define principalmente el derecho al olvido como aquel que garantiza la eliminación, supresión o retiro de información relacionada con datos personales que es posible hallar usando motores de búsqueda o sistemas informáticos. Leer más